The question of impunity |
Esp - La impunidad en España y los crímenes franquistas, una cuestión tratada con total inanidad. (Gregorio D. Dionis, Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 05may23. |
Cuando el Equipo Nizkor decidió preparar el documento "La cuestión de la impunidad en España y los crímenes franquistas", partíamos de un análisis de los aspectos más importantes a tomar en consideración y este inventario se hizo teniendo en cuenta los planteamientos de las diversas asociaciones que en aquel momento, finales de 2003 e inicios de 2004, actuaban en el campo de las víctimas del franquismo. La perspectiva de análisis tenía que ver con la teoría de la justicia que pretende dar solución a los litigios sociales en el sentido moderno del tema. Desde esta perspectiva, y dada la claridad del Plan de Acción y la casuística contenidos en el documento, era posible proceder de forma que no se generaran nuevos conflictos. Para ello bastaba, a nuestro entender, tener como referencia el derecho internacional surgido al finalizar la II Guerra Mundial y que el Estado actuara bajo del principio de buena fe. Decíamos expresamente: "El presente informe no pretende ser la solución a la cuestión de la impunidad, sino una aproximación a la misma y a los problemas aún por resolver. Es también una manera de aportar una base de análisis y de discurso a las víctimas y sus familiares, abandonados por las instituciones del Estado, por los partidos políticos y por parte de la sociedad civil, que ha preferido practicar el olvido. El discurso de derechos humanos y libertades no se recuperó aún de la pérdida de libertades que significó el alzamiento nacional". Visto casi 20 años después, al escribir esto es evidente que pecábamos de ingenuidad. El Estado, al tomar conocimiento de lo planteado, procedió con manifiesta mala fe y la forma de enfrentar la cuestión de las víctimas se hizo usando la teoría amigo-enemigo de Carl Schmitt, y no la teoría de la justicia de John Rawls o las ideas del filósofo francés Paul Ricoeur... La falta de equidad del Estado en el análisis de la casuística presentada en el Informe Nizkor es tan palmaria que nos aleja de la racionalidad mínima necesaria para examinar los hechos. En general, el Estado español ha recurrido a la técnica del "ninguneo" y ha logrado dispersar a las víctimas y a las asociaciones, utilizando la Moncloa como centro de coordinación de una política deliberada en contra de las mismas... Es evidente que aún queda por delante un largo camino para superar la naturaleza de este tipo de problemas que tienen mucho que ver con una matriz cultural impregnada de franquismo y de nacional-socialismo. Prácticamente no quedan víctimas españolas vivas de entre quienes defendieron la II República o sufrieron la persecución del nacional-socialismo alemán durante la II Guerra Mundial. En vista de la actuación estatal a fecha de hoy, para ellas y para las víctimas de los casi cuarenta años de Dictadura franquista, no queda más que el recuerdo como arma contra la inanidad. |
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🔊 inanidad | 00:09:06 | ESP |
Esp - Entrevista a Orosia Castán sobre el libro “Laguna de Duero: La Verdad Oculta”. Radio Nizkor, 10Jun18. |
Gregorio Dionis, director de Radio Nizkor, entrevista a Orosia Castán con motivo de la presentación del libro de que es autora y que lleva por título “Laguna de Duero: La Verdad Oculta". Este libro se enmarca en un trabajo más amplio de investigación sobre la Represión franquista en la provincia de Valladolid que la autora viene realizando desde hace más de dos décadas. Valladolid es una ciudad mítica en la represión franquista por haber estado en los inicios del levantamiento y porque en este territorio no hubo guerra civil, sino que se desató una profunda represión. Orosia Castán, presidenta de Verdad y Justicia, explica que la finalidad de este trabajo es la difusión de las investigaciones realizadas durante años con medios propios en muchas localidades vallisoletanas. Pone de manifiesto que a la hora de hacer este tipo de estudios sobre la represión franquista uno se encuentra con la falta de acceso a documentación escrita, aspecto en el que se han apoyado los historiadores más clásicos y cercanos al régimen para echar en cara la falta de cientifismo en los trabajos. El trabajo de campo basado en la recolección de testimonios, por ejemplo, ha sido censurado como método por la historiografía oficial. Consciente por tanto de estos handicaps, la autora desarrolló un trabajo de investigación basado en documentos oficiales (archivos estatales, municipales, militares; registros civiles, parroquias) a los que ha tenido acceso principalmente a partir de 2016, ya que si el estudio sobre Laguna de Duero arrancó en 2004, no es hasta años después que ha logrado acceder a la documentación. Éste es precisamente el aspecto diferencial del modelo que podemos ver en Laguna del Duero. Orosia lleva a cabo una excelente sistematización de la represión en esta pequeña localidad de Valladolid de apenas dos mil habitantes, desde la proclamación de la II República hasta los años de la posguerra. Llama la atención algo no muy habitual en este tipo de trabajos, y es que la autora logra estructurar con documentación la organización criminal responsable der las ejecuciones extrajudiciales (que afectaron al 3% de la población del pueblo) y los numerosos crímenes cometidos en la localidad. Orosia expone el modus operandi, siendo que las órdenes llegaban de los estados mayores militares a los Gobernadores Civiles, y del Gobierno Civil se transmitían a los puestos de la Guardia Civil de los pueblos, y de ésta a los ejecutores, generalmente grupos de jóvenes adscritos a la ultra derecha, en este caso bajo el amparo de la Falange Española y de las JONS, cuyo caudillo era el vallisoletano Onésimo Redondo, y que funcionaban como grupos paramilitares: "En los pueblos pequeños da la provincia las directrices venían el Gobierno Civil, a través de los puestos de la Guardia Civil de los pueblos, que arman a la gente de su confianza, estos jóvenes, y les proporcionan las listas de las personas que había que eliminar por su peligrosidad para el Movimiento, habiendo una temporada (desde el 18 de julio del 36 hasta principios del 37) de “barra libre” o “terror caliente”. En ese lapso quedan exterminadas y eliminadas las corporaciones municipales y todo viso de organización republicana. Hecha la limpieza, los sublevados pueden dedicarse a organizar el estado franquista". "Nunca se ha explicado por parte de la historiografía oficial cómo es posible que en todos los pueblos, por muy alejados que estén de la capital y aunque no tengan fuerzas del orden como la Guardia Civil, se siga el mismo modus operandi: las listas, las detenciones por las casas a mano de los propios vecinos de derechas, la reclusión en los calabozos municipales, torturas... y, a continuación en una madrugada, o bien los mismos que los han detenido, o bien muchachos falangistas de localidades aledañas, llegan con camiones requisados a la vista de todo el mundo..." y proceden a las ejecuciones. Orosia hace referencia también a la "eliminación vegetativa” de los testigos de los crímenes y los criminales como parte de la estrategia de la impunidad. La autora dedica un recuerdo especial a las mujeres asesinadas, "en el 99% de los casos las mujeres son 'paseadas'"... El paseillo tenía un profundo valor simbólico en las sociedades agrarias y en casi todos los pueblos hay varias mujeres de "pelo blanco", es decir, de más de 50 años, que fueron asesinadas. Finalmente, llama también la atención sobre el hecho de que hubo una eliminación sistemática de las corporaciones locales, lo que explica que el exterminio tenía una finalidad político-ideológica. |
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Esp - Intervención del Diputado Joan Tardà en defensa de la moción a favor del reconocimiento jurídico de las víctimas republicanas de los campos nacionalsocialistas. Radio Nizkor, 19may15. |
El 12 de mayo de 2015 se debatió en el Pleno del Congreso de los Diputados en Madrid una moción con motivo del 70 aniversario de la liberación del campo de exterminio de Mauthausen y otros campos, moción presentada por el Grupo Mixto en el Congreso a instancia del Diputado Joan Tardà i Coma, de Esquerra Republicana de Catalunya. Esta moción tenía como finalidad que el Parlamento instara al Gobierno a: "Presentar un proyecto de ley para poder proceder al reconocimiento jurídico de los ciudadanos y las ciudadanas del Estado español víctimas de la deportación a los campos de internamiento y exterminio del régimen nacionalsocialista alemán (Mauthausen, Dachau, Buchenwald, Ravensbrück, etc) entre los años 1940 y 1945 a fin y efecto de poder abordar consecuentemente la rehabilitación moral y, en su caso, económica." Durante su discurso, el Diputado Tardà señaló que "está en nuestras manos homologar el Estado español al resto de los Estados que también tuvieron el infortunio de sufrir pasados fascistas, homologarnos, digo, en todo aquello que se relaciona con la reparación de las víctimas, en este caso a las miles de víctimas republicanas del Estado español que fueron deportadas a los campos de exterminio. Estoy convencido de que se lo debemos a los que perdieron la vida,..., que nos lo reclaman los supervivientes, que nos lo exigen las víctimas ausentes y sobre todo estoy convenido de que es imprescindible para fortalecer los valores democráticos de las generaciones más jóvenes, que deberán encarar los retos y amenazas de nuevas violencias." "Hoy ya no cabe ninguna discusión, ni política ni académica, sobre las responsabilidades del Estado español en la deportación de los republicanos a los campos de exterminio: unos, deportados directamente por la Gestapo; otros, desde los campos de concentración --adonde habían sido trasladados, detenidos como soldados del Ejército francés-...; también los 927 civiles del convoy ferroviario salido del campo de Les Alliers, en Angulema. Todos fueron deportados por razón de los acuerdos establecidos entre Berlín y Madrid para declararlos apátridas. Esta es la razón... por la que los republicanos del Estado español fueron señalizados con el triángulo azul, el triángulo reservado a los apátridas, porque a ellos les hubiera correspondido el símbolo rojo, reservado para los presos políticos..." "Si el Estado alemán y el Estado francés han pedido perdón, el Estado español debería actuar de igual manera... ¿Cómo podemos hacer esto hoy aquí si ustedes quieren? Podemos hacer esto reconociéndolas --a estas víctimas-- jurídicamente como víctimas porque, si no, no existen; de ahí que nuestra moción... [inste] al Gobierno español a presentar un proyecto de ley para reconocer jurídicamente a las víctimas porque cualquier satisfacción moral o económica solo puede desprenderse de un reconocimiento jurídico..." |
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Esp - Debate del Pleno del Congreso que concluyó con el rechazo al reconocimiento jurídico de las víctimas republicanas de los campos nacionalsocialistas. Radio Nizkor, 19may15. |
El 12 de mayo de 2015 se debatió en el Pleno del Congreso de los Diputados en Madrid una moción con motivo del 70 aniversario de la liberación del campo de exterminio de Mauthausen, moción presentada por el Grupo Mixto en el Congreso a instancia del Diputado Joan Tardà i Coma, de Esquerra Republicana de Catalunya. Esta moción tenía como finalidad que el Parlamento instara al Gobierno a: "Presentar un proyecto de ley para poder proceder al reconocimiento jurídico de los ciudadanos y las ciudadanas del Estado español víctimas de la deportación a los campos de internamiento y exterminio del régimen nacionalsocialista alemán (Mauthausen, Dachau, Buchenwald, Ravensbrück, etc) entre los años 1940 y 1945..." Hemos considerado relevante poner a disposición este debate en el Congreso, pues, junto con el que tuvo lugar el pasado 23 de abril (también disponible en Radio Nizkor), y 70 años después de los hechos, estos debates ponen de manifiesto la negativa de los principales grupos políticos de reconocer a los deportados republicanos, tanto civiles como militares, en cuanto víctimas del franquismo y del nacional-socialismo. El debate revela asimismo el pacto político para estos temas entre el PSOE y el gobernante PP, el cual se ha mantenido incólume durante toda la transición post-franquista. Esta posición quedó plasmada en el apoyo unánime de los presentes que días atrás había obtenido la propuesta del PSOE ante la Comisión Constitucional del Congredo consistente en propugnar un reconocimiento meramente moral de los republicanos deportados y en conceder a los escasos sobrevivientes de Mauthausen y otros campo una condecoración oficial. Con la presentación de la interpelación en la que trae origen la moción del Sr. Tardà, este debate, no sólo fue llevado al Pleno del Congreso, como amerita la evidente profundidad del mismo, sino que los distintos grupos hubieron de posicionarse sobre si estaban de acuerdo o no con el reconococimiento jurídico de las víctimas ausentes, varios cientos de miles, y de los pocos sobrevivientes. El Parlamento español decidió que no daba su acuerdo al reconocimiento jurídico... Este rechazo implica necesariamente el desconocimiento de los al menos 200.000 presos políticos exterminados en Mauthaussen y de las sentencias de Nuremberg, lo que supone una continuidad con lo hecho durante la denominada “transición” tras la muerte del General Franco. Este programa recoge el audio del debate completo, con las distintas tomas de postura por orden de intervención en el Congreso y que fueron presentadas por los siguientess Diputados: Tardà i Coma, Joan (GMx); Torres Mora, José Andrés (GS); García Hernández, José Ramón (GP); Esteban Bravo, Aitor (GV (EAJ-PNV)); Martínez Gorriarán, Carlos (GUPyD); Centella Gómez, José Luis (GIP); Xuclà i Costa, Jordi (GC-CiU); Tardà i Coma, Joan (GMx), para terminar con las votaciones sobre la moción. |
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Esp - Discurso de Silvia Dinhof-Cueto en el acto conmemorativo del 70 aniversario de la liberación del sub-campo de Ebensee. Radio Nizkor, 18may15. |
Este discurso de Silvia Dinfoff-Cueto fue pronunciado en el acto internacional conmemorativo del 70 aniversario de la liberación del sub-campo de Ebensee (Austria), celebrado el 9 de mayo de 2015 en el Memorial de este campo. Silvia Dinfoff-Cueto es hija del sobreviviente ya fallecido, Víctor Cueto Espina y Presidenta de la Asociación Conmemorativa de los Republicanos Españoles en Austria, asociación que congrega a los sobrevivientes y familiares de españoles republicanos deportados a Mauthausen y sus sub-campos que rehicieron su vida en Austria tras la liberación, ya que al persistir la Dictadura franquista no pudieron volver a España. La asociación tiene como objetivo recordar y conmemorar a todos los españoles republicanos y lleva organizando anualmente, y durante más de 60 años, actos de homenaje a los republicanos deportados e internados en el campo principal de Mauthausen y en otros campos anexos al mismo. El padre de Silvia Cueto, Víctor Cueto, era natural de Ceceda (Asturias). Por su carácter de republicano tuvo que cruzar la frontera hacia Francia tras consolidarse el golpe de estado franquista. En Francia fue hecho prisionero en junio de 1940 e internado por los alemanes en el Stalag XIII A. El 11 de julio de 1940 fue trasladado al Stalag VII A y luego deportado a Mauthausen, donde le fue asignado el número de matrícula 3438, siendo liberado por las tropas aliadas en el subcampo de Ebensee el 6 de mayo de 1945. Víctor Cueto falleció en Austria en 1990 sin haberle sido devuelta la nacionalidad española de la que fuera desposeído por ser republicano. El campo de trabajo de Ebensee fue establecido como campo anexo a Mauthausen bajo la dirección de las SS y tenía por finalidad la construcción de gigantescas galerías subterráneas destinadas a la investigación y fabricación del mísil intercontinental A9/A10. Los prisioneros fueron puestos a disposición de las empresas de construcción encargadas de realizar las galerías. Entre 1943 y 1945 se construyeron dos sitemas de galerías, donde estaba previsto transferir la base de pruebas de misiles de Peenemünde. El proyecto inicial hubo de ser abandonado a medida que la marcha de la guerra imponía otras prioridades en el suministro bélico y la parte de túneles ya concluida quedó afectada a la producción de combustible, concretamente el Túnel A, donde se montó una refinería de petróleo, y a la fabricación de piezas de motor para tanques y camiones de la Steyr-Daimler-Puch Werke y la Nibelungen Werke, en el Túnel B. En total, en 16 meses los detenidos excavaron 7,6 km. de galerías. En la última fase del campo el número de detenidos llegó a ser superior a los 18.000. El campo fue liberado el 6 de mayo de 1945 por las tropas estadounidenses. Para ese entonces más de 8.300 detenidos habían muerto. Muchos otros que eran ya "inaptos para el trabajo" habían sido transferidos al campo principal de Mauthausen para ser exterminados allí. Un importante número de liberados murieron en los días siguientes de extenuación, desnutrición y diversas enfermedades asociadas a las condiciones del campo... |
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Esp - Interpelación del Diputado Joan Tardà sobre las víctimas republicanas de Mauthausen y otros campos. Radio Nizkor, 30abr15. |
El 23 de abril de 2015 el Diputado de la Esquerra Republicana de Catalunya, Joan Tardà i Coma, presentó en nombre del Grupo Parlamentario Mixto una "Interpelación urgente sobre los actos de conmemoración del setenta aniversario de la autoliberación del campo de exterminio de Mauthausen... así como del fin de la Segunda Guerra Mundial". El debate parlamentario acerca de la misma se celebró en la sesión plenaria del 29 de abril de 2015. El eje de esta interpelación es la falta de reconocimiento jurídico de las víctimas republicanas del franquismo y el nacionalsocialismo. El Diputado Tardà comienza su intervención diciendo que una vez más expone ante el Congreso "unos hechos que deberían ser reconocidos por el Estado español... en forma jurídicamente válida y con el reconocimiento también jurídico de la participación de España en la persecución política que llevaron a cabo los países del Eje, Eje al que se enfrentó la Alianza que dio lugar posteriormente al nacimiento de Naciones Unidas." Joan Tardà dijo asimismo que "el Estado español debe corregir, y debería ser una buena ocasión en este año 2015 en que se conmemora el 70° aniversario de la liberación de los campos de exterminio nazis y del fin de la Segunda Guerra Mundial, en definitiva... corregir para homologarse a otros Estados que han reconocido a las víctimas jurídicamente", y "no como la proposición no de ley que se aprobó ayer en la Comisión Constitucional a propuesta del Partido Socialista, que se limita a reconocer un simple acto de homenaje y la concesión de unas condecoraciones. Esto es otro brindis al sol, otro acto estético desprovisto de contenido... sin reconocimiento jurídico y sin justicia, todo homenaje resulta hueco; sin reconocimiento jurídico, las víctimas no existen... Este año 2015, señor Wert, debería ser el momento en que se enterrasen todas las hipocresías y se enterrasen todas las maniobras de manipulación, cuando no de contrainteligencia, con las que se ha intentado evitar el reconocimiento jurídico y el acceso a la justicia de las víctimas de los crímenes del franquismo". "[L]as meras formalidades --digo meras formalidades porque el ministro Margallo ha anunciado que asistiría a los actos que se van a celebrar los días 9, 10 y 11 del próximo mes de mayo-- y el efecto escénico de las mismas corren el riesgo de convertirse en un verdadero oprobio sin previamente haber pedido perdón como Estado y haber reconocido como víctimas del franquismo, y después del nacionalsocialismo, a los más de 10.000 ciudadanos del Estado español que pasaron por los campos nazis. Estas meras formalidades han de ser la consecuencia del reconocimiento jurídico y no un acto aislado desprovisto de valor real, porque, de no ser así, estaríamos ante una gran frivolidad... Los miles de republicanos deportados --Mauthausen, Gusen, Dachau, Ravensbrück, Buchenwald--, de los que la mayoría fueron exterminados por distintos métodos... no fueron víctimas por azar, insisto, fueron víctimas por su condición de republicanos..." Este programa contiene el debate completo sobre esta interpelación, que incluye la intervención inicial del Sr. Tardà, seguida de la contestación del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, Sr. José Ignacio Wert y, nuevamente, sendas intervenciones de ambos oradores. |
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Esp - Prisa y su situación de insolvencia son un reflejo de la crisis de la transición post-franquista. Radio Nizkor, 17may13. |
El Grupo PRISA (Promotora de Informaciones, Sociedad Anónima) es el primer grupo de España de comunicación, educación, cultura y entretenimiento. Está presente en más de veinte países de Europa y Amética. Entre los medios más destacados que posee se encuentra el diario El País, aparecido en mayo 1976 y del que Juan Luis Cebrián fue fundador y primer director. Juan Luis Cebrián Echarri, nacido el 30oct44 en Madrid, es hijo de Vicente Cebrián, alto cargo de la prensa del régimen franquista y director del diario Arriba, órgano de comunicación de la Falange Española. En 1963 se graduó en la Escuela Oficial de Periodismo de Madrid y en ese año ingresó en el diario Pueblo, -diario vespertino del Movimiento y propiedad desde su fundación en abril de 1940 de los sindicatos franquistas-, con el cargo de redactor jefe, donde permanece hasta 1967. Tras ocupar el cargo de subdirector en Pueblo, pasó al diario Informaciones, un diario que representó las ideas del nacionalsocialismo y cuya fundación se remonta a 1922... En 1968 el rotativo pasa a manos de un grupo de banqueros, encabezados por Emilio Botín, que se propondrían una modernización gráfica y de contenidos. En ese Informaciones renovado, el joven periodista Juan Luis Cebrián, es nombrado redactor jefe y más tarde subdirector. En 1974 fue nombrado jefe de los servicios informativos de RTVE por el último gobierno de la dictadura, siendo Arias Navarro el jefe de Gobierno que dio su aprobación... En abril de 2011 asumió como presidente ejecutivo y delegado del área de prensa y consejero delegado de El País. El 20 de Julio de 2012 se anuncia su nombramiento como presidente ejecutivo de Prisa... El diario El País, tras el ERE (Expediente de Regulación de Empleo) llevado a cabo a finales de 2012, registró pérdidas operativas de 54,54 millones de Euros. Los números rojos constituyen una experiencia nueva en el diario que preside Juan Luis Cebrián. En su conjunto, la empresa admite vencimientos financieros a corto plazo por importe de 205,467 millones, dentro de una deuda neta total que no baja de los tres mil millones y a 31dic12 se sitúa en 3.083,37 millones de Euros. O sea, que si calculamos el fondo de maniobra, esto es, la diferencia entre los activos liquidables en el corto plazo y las obligaciones en el mismo periodo, el resultado es ligeramente negativo al cierre de 2012 (-62 millones de euros), llegando en el primer trimestre de 2013 a los -1.324 millones de euros, o lo que es lo mismo, Prisa está en situación de suspensión de pagos o de quiebra técnica. Esta situación no ha impedido al presidente ejecutivo del diario embolsarse en 2011 más de 13 millones de Euros, según la información presentada al regulador estadounidense SEC (Securities and Exchange Commission). En un alarde de mayor recato, el Consejo se repartió 5,35 millones en 2012... Toda una retribución de saqueo para un Grupo editorial en quiebra. Poco más hay que agregar. Juan Luis Cebrián es "en-sí-mismo" el prototipo de intelectual orgánico de lo que denominamos modelo post-franquista que se ha logrado vender eufemísticamente como "la transición". Ha utilizado el diario "El País" para ocultar las víctimas republicanas y además ha manipulado y desinformado sobre todos aquéllos que pudieran poner en duda el "modelo de transición española"... Prisa se ha caracterizado por intentar imponerse como el modelo intelectual y político en lengua española, lo que explica, en parte, el enorme endeudamiento del Grupo, que ha intentado controlar toda la industria editorial en esa lengua, destruyendo y expulsando del mercado a las editoriales que con enorme esfuerzo había construido el exilio republicano en América Latina y en los Estados Unidos. Por todo ello, no es exagerado afirmar que la crisis de Prisa representa "en sí misma" la crisis del modelo de transición post-franquista y reúne todas las características de la actual crisis estructural española, marcando el fin de una época. |
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Esp - En el aniversario de la "Ley de la Memoria": la impostura e inmoralidad de una proposición no de ley del Grupo Parlamentario Socialista. Radio Nizkor, 26dic12. |
El 06mar12 el Grupo Parlamentario Socialista presentó en el Congreso de los diputados una Proposición no de Ley (PnL) "sobre derechos y medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura", texto firmado por Ramón Jáuregui Atondo, Diputado, y, Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista. El documento parlamentario en cuestión ha pasado desapercibido... No obstantem esta PnL pasará a la historia de la libertades civiles como parte de la humillación permanente en que viven y sobreviven las víctimas del franquismo fuera y dentro de España... Se trata de un texto único porque el Grupo Parlamentario que lo presenta reconoce toda una serie de maniobras en un documento público y en sede parlamentaria. Tiene por tanto el valor de prueba indubitable ante la historia y ante las víctimas... Ahora sabemos fehaciente y legalmente que el Gobierno de Rodríguez Zapatero implementó de forma deliberada y sistemática una serie de medidas ilegales, alegales y de ingeniería social frente a la pendiente cuestión de las víctimas del franquismo. El documento comienza con una frase "célebre" que es "per se" un manifiesto de hipocresía y de ilegalidad y que dice así «En 1978 quizá no era razonable (o simplemente era imposible), desenterrar a los muertos; en 2012 es un espanto que sigan enterrados.» La primera cuestión que se nos oculta es lo que ocurrió en 1978: la denominada "transición democrática" no sólo ignoró la cuestión de las víctimas republicanas, sino que legalizó el franquismo, legalización que arrancó con la aceptación de un monarca designado por Francisco Franco Bahamonde y que "juró" lealtad al Caudillo y a los Principios del Movimiento Nacional y Leyes Fundamentales del Reino el 23 de julio de 1969... En su discurso de 22 de noviembre de 1975, al ser proclamado rey por las Cortes franquistas, D. Juan Carlos de Borbón recuerda que su título de rey deriva de las Leyes Fundamentales del Reino. Este hecho nos exime por sí solo de mayores comentarios. El mantenimiento de la legalidad franquista era incompatible con el reconocimiento a las víctimas republicanas de su carácter de víctimas y al régimen franquista de su carácter criminal de conformidad con la Resolución 39 (I) de la Asamblea General de la ONU, de 12dic46... Por otra aprte, en la PnL presentada el Grupo Parlamentario Socialista y sus asesores jurídicos sancionan y proponen en sede parlamentaria -como lo hicieron con la llamada "Ley de la Memoria"- que se lleven a cabo desenterramientos sin cumplir con las normas rituarias penales de toda sociedad civilizada... La PnL afirma "se han realizado casi 6000 exhumaciones, en casi 300 fosas; en un trabajo que sigue abierto;". Lo que no dice es que se hicieron en forma ilegal en la práctica totalidad de los casos y, por lo tanto, la destrucción de pruebas se ha consolidado. La novedad que se desprende de este documento parlamentario es el reconocimiento de la actuación gubernamental en lo que a evidencia material de crímenes se refiere, y, por ende, que las exhumaciones obedecieron a un plan deliberado y sistemático dirigido por el Gobierno legal, en dejación de sus deberes de cumplimiento de la ley y de garantía de derechos, y, violando, no sólo el derecho interno, sino el derecho internacional y especialmente el surgido de la doctrina de Nuremberg. Asimismo, la PnL utiliza en forma torticera las referencias a la Sentencia Nº 101/2012, absolutoria de D. Baltasar Garzón Real por delito de prevaricación... Afirma también el documento que "Casi 200.000 personas han adquirido la nacionalidad española como descendientes de españoles exilados;". Esto es manifiestamente falso. Se ha otorgado la nacionalidad a personas que son nietos de emigrantes y en algunos casos de exiliados. Esta "graciosa concesión" no tiene nada que ver con lo solicitado por las asociaciones y que se refería a la legalización de los nacidos en el extranjero y registrados en los consulados bajo jurisdicción de la República española... Es evidente que el modelo surgido de la transición post-franquista está en crisis profunda y que no tiene solución debido a un profundo problema de ilegitimidad e ilegalidad que no permite su modificación constitucional... La falta de adopción de leyes que hubieran puesto término a esta situación de impunidad y de no reconocimiento de las víctimas republicanas y del franquismo en general, lleva indefectiblemente a la conclusión de que los problemas de legalidad y legitimidad existentes, en técnica jurídica, sólo pueden solucionarse mediante la convocatoria a unas cortes constituyentes cuyos miembros han de ser elegidos en elecciones libres en que los electores voten a candidatos individuales (y no mediante el actual sistema de listas cerradas elaboradas por las distintas formaciones políticas). Ello permitiría superar el problema legal de la sucesión de la Corona y el problema que se derivaría de la auto-convocatoria de las Cortes actuales como asamblea constituyente prevista en art. 168 de la actual Constitución... |
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Esp - La Sentencia absolutoria de las actuaciones del Juez Garzón condena a las víctimas republicanas a la desigualdad jurídica. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 14abr12. |
El 14dic06 dio comienzo el procedimiento sobre víctimas del franquismo presentado ante la Audiencia Nacional (AN) española por Maria Antònia Oliver París y Margalida Capellà i Roig como representantes legales de la Associació per a la Recuperació de la Memoria Històrica de Mallorca... El Equipo Nizkor, desde que tuvo conocimiento directo de la denuncia presentada, trató de explicar que el sustento doctrinal de la misma era débil y algunos aspectos claramente erróneos: especialmente en lo referido a la falta de competencia de la Audiencia Nacional y la utilización de tipos penales no existentes en la época ("desapariciones forzadas" o la figura del "detenido-desaparecido"). Sólo con estos dos elementos la denuncia podía muy bien convertirse en un arma en contra de las asociaciones de víctimas. Todo esto además si lo que se hubiera presentado en la Audiencia Nacional hubieran sido denuncias penales en el sentido estricto, pues como dice la Sentencia absolutoria: "Sin embargo, desde las denuncias, y quizás también desde la instrucción, no se perseguía exactamente la incoación de un proceso penal dirigido a depurar responsabilidad penal contra las personas determinadas..." Así lo expresamos en sendos comunicados de 21feb10 y 23abr10, en los que anticipábamos lo que podía ocurrir y que la sentencia del Tribunal Supremo ha confirmado ampliamente. En ese momento advertimos del peligro serio de que el Tribunal Supremo, en lugar de limitarse a valorar la cuestión objetiva de la competencia del juez Baltasar Garzón, utilizara este caso para rechazar la aplicación del tipo penal de crímenes contra la humanidad a los delitos cometidos por el régimen franquista. La Sentencia del Tribunal Supremo de 27feb12, absolutoria del juez Baltasar Garzón, resuelve una causa que no debería haber existido y que se convierte en una grave derrota para el incipiente movimiento de víctimas del franquismo y especialmente para las víctimas republicanas. Existen algunas aseveraciones en la Sentencia absolutoria que son doctrinalmente falsas: 1) No es cierto que la ley de amnistía cumpla el principio de legalidad y menos aún que se pueda aplicar a los responsables de los crímenes franquistas. 2) No es cierto que el Reino de España, surgido a partir de 1978, no esté obligado al cumplimiento de los denominados "Principios de Nuremberg" y de la doctrina europea de "Crímenes de guerra". 3) No es cierto que el Reino de España surgido a partir de 1978 pueda desconocer las resoluciones de las Naciones Unidas que califican el régimen franquista, especialmente la 39 (I), según la cual: "... (a) En sus orígenes, naturaleza, estructura y conducta general, el régimen de Franco es un régimen fascista modelado sobre, y en gran medida establecido gracias a, la ayuda recibida de la Alemania Nazi de Hitler y la Italia Fascista de Mussolini." Creemos que el Tribunal Supremo aprovechó un procedimiento en el que no se discutían estos aspectos para conseguir una "solución final" a las cuestiones derivadas del reconocimiento del régimen franquista y de los crímenes por él cometidos, aprovechando además que no existía representación procesal de las víctimas, ni era un procedimiento de investigación penal. Vemos en ello un uso ilegítimo de las atribuciones naturales del Tribunal Supremo, dado que le hubiera bastado con considerar la no competencia del Juez Baltasar Garzón... Paralelamente, desde el inicio, se puso en marcha lo que se conoce técnicamente como "campaña de imagen". Esta campaña, en la que Moncloa aparecía directamente implicada, tenía por finalidad el crear deliberadamente una imagen irreal de lo que estaba ocurriendo y pretendía: a) legitimar la denominada "Ley de la Memoria" b) crear un grupo de asociaciones "imagen" que fueran reconocidas como únicas representantes de las víctimas y que estaban relacionadas directamente con los desenterramientos. c) reemplazar el conflicto de las víctimas del franquismo por otro que ponía como centro al Juez Garzón, reemplazando en el imaginario colectivo la necesidad de justicia por la defensa del Juez Garzón y que tuvo su punto álgido en las manifestaciones promovidas desde el Gobierno... Es un fraude ideológico muy claro el defender la "Ley de la Memoria" y pretender que se investiguen penalmente los crímenes... Por otro lado, convertir la "cuestión de los desenterramientos" en el eje central de la cuestión de las víctimas del franquismo es un grave error que ha quedado manifiestamente en evidencia con el Auto del Tribunal Supremo de 28mar12, que confirma que los jueces naturales del lugar de los hechos son competentes para desenterrar e identificar a las víctimas del franquismo, independientemente de que dichos jueces incumplieran en muchos casos con la legislación rituaria penal relativa a restos de crímenes graves, e, incluso, con la mera normativa forense... De este modo constatamos que el Tribunal Supremo confirma lo que hemos denominado "modelo español de impunidad" y lo hace con una interpretación que deja muy claro que las víctimas republicanas no tienen derecho alguno frente a la legalidad que surge de la Constitución de 1978, o dicho de otro modo, confirma que existen dos categorías de ciudadanos: la conformada por quienes gozan de derechos civiles completos, y la integrada por aquéllos a quienes la ley no acoge de manera alguna, salvo para la identificación de sus restos... |
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Esp/Deu - Repercusión de la condena de John Demjanjuk en Alemania, España y Estados Unidos. Radio Nizkor, 19may11. |
Ante los últimos acontecimientos producidos en el caso Demjanjuk, Radio Nizkor ha preparado este programa en donde retoma este caso desde el lanzamiento del procedimiento en Alemania. El integrante de las SS Totenkopf John Demjanjuk llegó a la ciudad alemana de Munich el 12may09 tras ser deportado desde los Estados Unidos... Coincidiendo con su entrega a las autoridades alemanas, Radio Nizkor difundió un programa en mayo de 2009, en donde clarificábamos algunos extremos con relación a las pruebas existentes, así como un resumen de su historia penal con relación a varios campos de exterminio nacionalsocialistas. El 19jun08, varios sobrevivientes y familiares de víctimas españolas del régimen nacionalsocialista representados por el Equipo Nizkor, interpusieron una querella penal ante la Audiencia Nacional en Madrid. Esta querella fue admitida por el Juzgado Central de Instrucción (JCI) Núm. 2 de la Audiencia Nacional el 17jul08. Entre los SS Totenkopf incluidos en la misma figura John Demjanjuk. También ese mismo 19 de junio de 2008 las autoridades alemanas anunciaron su interés en solicitar la entrega de Demjanjuk a los Estados Unidos. Este interés se concretó en la emisión de la orden de detención contra Demjanjuk que estas autoridades libraron meses después, en marzo de 2009, lo que abrió el camino a la deportación de Demjanjuk a Alemania y su ulterior juicio en ese país, juicio que terminó con la sentencia que hizo pública el Tribunal de Munich el pasado 12 de mayo de 2011. Paralelamente, el procedimiento en Madrid contra John Demjanjuk seguía y sigue su curso... El 07ene11 el titular del JCI Núm. 2 de la Audiencia Nacional dictó Auto de procesamiento y entrega de John Demjanjuk, emitiendo la correspondiente Orden Europea de Detención y Entrega a las autoridades alemanas, pues previamente éstas, en respuesta a una Comisión Rogatoria enviada por el juez español, confirmaron que los hechos por los que se le acusaba en Alemania eran distintos de los que eran objeto de la querella en España. La Fiscalía de Munich respondió el 01feb11, acusando recibo de la orden de detención europea y solicitando al juzgado español información complementaria sobre la participación del procesado en homicidios y sobre las víctimas... Mientras tanto el Alemania, John Demjanjuk ha sido condenado a cinco años de prisión por su colaboración en el asesinato de 28.000 prisioneros cuando se desempeñó como guardia armado de las SS Totenkopf en el campo de exterminio de Sobibor. La defensa ha apelado la decisión, y en tanto en cuanto se resuelva esta apelación, John Demjanjuk ha quedado en libertad, pues la justicia considera que es improbable que huya. Lo cierto es que a fecha de hoy, y estando aún pendiente la respuesta de las autoridades españolas a la fiscalía de Munich, la información obtenida por Radio Nizkor de fuente fidedigna es que la orden de detención europea cursada por España no le ha sido aún notificada al acusado, con lo que se está a expensas de que el Tribunal de Munich garantice que el condenado no se fuga. Tras su puesta en libertad, el pasado 16 de mayo la fiscalía de Munich anunció la presentación de un recurso contra la decisión del tribunal de dejar en libertad al condenado. Este recurso habría sido presentado ya sobre la base de que existe un peligro cierto de fuga del condenado, al carecer éste de una dirección fija y contar con un numeroso grupo de simpatizantes dispuestos a facilitar su fuga, sobre todo en su país de origen, Ucrania, en donde podría refugiarse... Lo que está en juego realmente es la aplicación del derecho penal internacional y del tipo penal de crímenes contra la humanidad por los tribunales ordinarios de los países europeos, y el procedimiento de España se ha mantenido y se mantiene silenciado debido precisamente a que es sobre la base de crímenes contra la humanidad, y no de meros delitos comunes, como está planteado... |
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Mediante auto de 17sep09 dictado por el Juzgado Central de Instrucción (JCI) Núm. 2 de la Audiencia Nacional de España, se acordó el procesamiento de los imputados Johann Leprich, Anton Tittjung y Josias Kumpf, como cómplices de delitos de Genocidio y Lesa Humanidad... En providencia de fecha 18sep09, se resolvió remitir Comisión Rogatoria Internacional a las autoridades competentes de la República Federal de Alemania (Tribunal de Munich) a fin de que se informara al Juzgado español sobre los hechos que se imputan a John Demjanjuk (Iván Nikolaiewich Demjanjuk) ante las instancias judiciales alemanas, por si pudieran tener relación con los investigados en la causa que se sigue en España. La Comisión Rogatoria fue cumplimentada por la Fiscalía de Munich el 07jun10 mediante comunicación en la que se hace constar que los hechos investigados en Alemania son distintos, centrándose en la actuación del imputado Demjanjuk en el campo de concentración de Sobibor ( Polonia) en 1943 y que por estos hechos se encuentra acusado en el procedimiento 115Js 12496/08. En providencia de 1 de Julio de 2010, se acordó conferir traslado de la documentación enviada en la Comisión Rogatoria citada, al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas, evacuándose el traslado por las acusaciones representadas por el Equipo Nizkor mediante escrito presentado el 13 de julio de 2010 en el que solicitamos el procesamiento, la adopción de medidas cautelares y la emisión de la correspondiente Orden Europea de Detención y Entrega respecto al imputado John Demjanjuk. A tenor del escrito presentado, el Ministerio Fiscal emitió dictamen el 17 de noviembre de 2010, en el que manifiesta que a la vista del resultado de la Comisión Rogatoria remitida por las autoridades alemanas, considera que procede atender a las peticiones de la acusación particular. En base a las actuaciones anteriores, el titular del JCI Núm. 2 de la Audiencia Nacional ha dictado Auto el pasado 07ene11 disponiendo el proceamiento y entrega de John Demjanjuk, ya que, textualmente: "[D]e lo actuado se desprende que durante la Segunda Guerra Mundial... John Demjanjuk (Iván Nikolaiewich Demjanjuk) fue miembro de las Totenkopf SS, que prestó servicio como guardia armado en lugares destinados a la persecución de personas por motivos políticos, étnicos y raciales, entre otros, concretamente en el campo de concentración de Flossenbürg (Alemania)". En virtud de ello el titular del JCI Núm. 2: "DECLARA PROCESADO... a JOHN DEMJANJUK como cómplice de los delitos de Genocidio y Lesa Humanidad explicitados en los antecedentes fácticos de esta resolución... Se acuerda la prisión provisional, comunicada e incondicional del referido procesado y al encontrarse actualmente en Alemania sometido a enjuiciamiento en el procedimiento 115JS12496/08 seguido ante las instancias judiciales competentes de Munich, líbrese Orden Europea de Detención y Entrega... Ante esta resolución de la justicia española, el Equipo Nizkor reitera lo dicho en el comunicado de fecha 22 de septiembre de 2009 con relación al Estado y Gobierno español: - Expresamos nuestra conformidad con las medidas procesales adoptadas, que significan la aceptación por parte de la justicia española del carácter de víctimas de los más de 7.000 españoles que sufrieron persecución a causa de sus ideas republicanas por parte del nacionalsocialismo y de su sistema de campos de trabajos forzados y exterminio, concretamente en los KL Mauthausen, Sachsenhausen y Flossenbürg. - Es un reconocimiento a todas las víctimas de crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad de otras nacionalidades exterminadas en el KL de Flossenbürg especializado en el exterminio de presos sociales y políticos. - Esperamos que este procesamiento sirva para que el Estado español modifique su posición, continuidad de la adoptada por el régimen franquista, de protección legal a criminales de guerra nacionalsocialistas y fascistas... |
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Esp - Conferencia de prensa del Equipo Nizkor, AfarIIREP y AGE en Madrid sobre la situación de las víctimas del franquismo. Radio Nizkor, 25feb10 |
Radio Nizkor ha extractado la conferencia de Prensa celebrada en Madrid el 23feb10 y convocada por el Equipo Nizkor, la Asociación de Familiares y Amigos de Represaliados de la II República por el Franquismo (AfarIIREP)y la Asociación para la creación del Archivo de la Guerra Civil, las Brigadas Internacionales, los Niños de la Guerra, la Resistencia y el Exilio Español (Archivo, Guerra y Exilio - AGE). Los temas abordados fueron los siguientes:
Intervienen, por este orden, Ana Viéitez, Presidenta de AfarIIREP; Dolores Cabra, Secretaria General de AGE, y Gregorio Dionis, presidente del Equipo Nizkor, quien fue además portavoz de la rueda de prensa. El contenido detallado de este documento audio es el siguiente:
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Esp - A dos años de promulgada la denominada "Ley de la Memoria" ésta se revela como ineficaz y manifiestamente ilegal. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 21ene10 |
El 27 de diciembre de 2007 fue publicado en el Boletín Oficial del Estado núm. 310 el texto de lo que dimos en llamar "Una ley aberrante". A dos años de su promulgación, no cabe más que ratificarse en esa calificación... La ley aprobada en 2007 implica el reconocimiento de la legalidad franquista y tiene una manifiesta voluntad de servir de defensa de esa legalidad al plantear la igualación de víctimas y victimarios, o sea, de los responsables de una serie crímenes graves bajo el derecho internacional... El artículo 3 de la Ley proclama la "ilegitimidad" de los tribunales franquistas aceptando, por ende, su legalidad y, como dijimos en un comunicado de 14ago07, esta postura doctrinal retrotraía la discusión al año 1930 en que los conocidos juristas y abogados D. Felipe Sánchez Román y D. Luis Jiménez de Asúa defendieron en una asamblea del Colegio de Abogados de Madrid la necesidad de dejar sin efecto el del Código Penal de 1928, conocido como "Código de Primo de Rivera". Su propuesta fue aprobada por mayoría del Colegio de Abogados de Madrid. La ponencia en cuestión afirmaba expresamente que "El Código penal gubernativo, impuesto por Real Decreto de 8 de septiembre de 1928, previo acuerdo del primer Consejo de ministros de la Dictadura, adolece, por esta sola razón, de ilegítima procedencia, del más rotundo vicio de ilegalidad". En aquella oportunidad el fundador de la Falange, José Antonio Primo de Rivera, en un largo artículo publicado el 15 de abril de 1930 en el diario "La Nación" de Madrid y titulado: "Lo del Colegio de Abogados: un abuso de la mayoría", explica en forma extensa por qué dicho código puede ser ilegítimo, pero es legal, postura que defendió en la mencionada Asamblea del Colegio de Abogados de Madrid. Un año después, el 15abr31, el Gobierno de la II República, entre los primeros actos legislativos que acomete, promulga un Decreto "Disponiendo quede anulado sin ningún valor ni efecto el titulado Código Penal de 1928...." Con los mismos argumentos defendidos por Luis Jiménez de Asúa en 1930 consideramos que deben analizarse las leyes franquistas y, por lo tanto, rechazamos expresamente el criterio de que son "ilegítimas" pero "legales"... |
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Esp - El Juez ordena el procesamiento y la detención de tres SS Totenkopf en el caso de las víctimas españolas en Mauthausen, Sachsenhausen y Flossenbürg. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 22sep09 |
El 17sep09 el juez titular del Juzgado Central de Instrucción Núm. 2 de la Audiencia Nacional dictó un Auto en el marco del Sumario 56/2009 procesando a Johann Leprich, Anton Tittjung y Josias Kumpf. En el mismo ordena además su busca, captura e ingreso en prisión. El Juez instructor dio las instrucciones para que se emita una Orden Internacional de Detención a través del Comisario Jefe de la Oficina Central Nacional de INTERPOL, para que surta efectos como Orden Internacional de Detención en el caso de los procesados con domicilio en los Estados Unidos, esto es, Johann Leprich y Anton Tittjung. El auto ordena también la expedición de la correspondiente Orden Europea de Detención y Entrega en el caso del procesado con domicilio en Austria, Josias Kumpf, deportado a ese país por los Estados Unidos el 19mar09. Ante este importante hecho procesal el Equipo Nizkor ha hecho público un comunicado en el que expresa lo siguiente: "Con relación a las medidas procesales adoptadas por el Juzgado Central de Instrucción Núm. 2 de la Audiencia Nacional" y "en cuanto a las órdenes de detención, esperamos que el Gobierno de los Estados Unidos cumpla con su legislación interna, especialmente con el apartado correspondiente de la Sección 241 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad y con los convenios de colaboración judicial existentes... procediendo a la entrega de manera eficaz de Johann Leprich y Anton Tittjung." "Aunque tenemos conocimiento de que las autoridades judiciales austríacas han adoptado medidas de aseguramiento con relación a Josias Kumpf, nos extraña y alarma sobremanera las declaraciones de la portavoz del Ministerio de Justicia austríaco, Sra. Katharina Swoboda, aparecidas en la prensa española e internacional, en las cuales desconoce el derecho internacional y que los tipos penales como los crímenes de guerra, los crímenes contra la humanidad y el genocidio, son de carácter imprescriptible. Estas declaraciones desconocen además el estatuto de la Orden Europea de Detención y Entrega... Con relación a la situación procesal de John Demjanjuk, también acusado en nuestra querella y ante las diversas y confusas explicaciones periodísticas sobre el particular, informamos que la situación es la siguiente: el titular del JCI Núm. 2 ha ordenado librar comisión rogatoria a las autoridades judiciales alemanas ... con la finalidad de que éstas le informen de los hechos que se le imputan en el procedimiento en ese país, y así determinar si existe identidad entre éstos y los que son objeto de la causa que se sigue en la Audiencia Nacional..." Con relación al Estado y Gobierno español, "Expresamos nuestra conformidad con las medidas procesales adoptadas, que significan la aceptación por parte de la justicia española del carácter de víctimas de los más de 7.000 españoles que sufrieron persecución a causa de sus ideas republicanas por parte del nacionalsocialismo y de su sistema de campos de trabajos forzados y exterminio, concretamente en los KL Mauthausen, Sachsenhausen y Flossenbürg..." "Esperamos que este procesamiento sirva para que el Estado español modifique su posición, continuidad de la adoptada por el régimen franquista, de protección legal a criminales de guerra nacionalsocialistas y fascistas, tal cual ha sido denunciado por varias organizaciones, y especialmente por los informes anuales del Centro Simon Wiesenthal de Jerusalén..." |
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Deu - Demjanjuk's detention leads to a reassessment of impunity in Europe. Radio Nizkor, 04Jun09 (Original Spanish version produced on 27May09). |
John Demjanjuk, a member of the SS Totenkopf and responsible for crimes of war and crimes against humanity, arrived at Munich airport on flight N250LB on Tuesday 12th May 2009 after having been deported from the United States. In March of this year the Prosecutor's Office of Munich filed charges against him and issued an arrest order which, according to media reports, concerns his complicity in the murder of 29,000 Jews in Sobibor concentration camp in occupied Poland. Radio Nizkor has decided to do a specific programme to clarify some of the issues concerning existing, substantially irrefutable, evidence, and to set out the history of his crimes with respect to the Nazi extermination camps. [...] Demjanjuk entered the United States in 1952 in reliance on the Law of Displaced Persons and obtained citizenship in 1958. The District Court for the Northern District of Ohio concluded on 21 February 2002 that Demjanjuk's citizenship should be revoked... On 28th December 2005 the then Chief Immigration Judge Michael J. Creppy, issued a removal order in respect of Demjanjuk... The countries included in the order were Ukraine or, in the alternative, Germany or Poland. These proceedings came to an end on 19th May 2008, when the US Supreme Court rejected Demjanjuk's petition for certiorari. On 19th June 2008, various survivors and relatives of Spanish victims of the National-Socialist regime, represented by Equipo Nizkor, filed criminal proceedings in the National Court (Audiencia Nacional) in Madrid against John Demjanjuk and three other SS... Also on 19th June 2008 the German authorities announced their interest in seeking the handover of Demjanjuk from the United States [...] Demjanjuk's service as an armed guard in Nazi concentration camps was documented in the course of the denaturalization proceedings initiated by the US Government in 1999. The District Court for the Northern District of Ohio which concluded in 2002 that Demjanjuk's citizenship should be revoked, relied, in reaching this conclusion, not only on official and original wartime documents - such as his identity card as a guard- but also on the professional reports of an expert on the SS Totenkopf and on this type of documentation - Charles W. Sydnor... Dr. Sydnor prepared an expert report for this Court, followed by two supplementary reports. All of them were provided to the Spanish National Court by the relevant US authorities in December 2008 in a response to a request for judicial assistance - an International Rogatory Commission - issued by the Central Investigating Court No. 2. They form part of the documentary evidence which has been officially supplied by the US authorities. This expert´s conclusions, accepted as admissible facts by the US Courts insofar as they concern Demjanjuk's service as an armed guard in Nazi concentration camps are as follows: "Iwan Demjanjuk entered German service as a guard auxiliary at Trawniki Training Camp in mid-1942. Shortly after his arrival, he received Trawniki identification number 1393 and the camp administration created Dienstausweis No. 1393 for him. Demjanjuk was issued a uniform and a rifle at Trawniki and he received training there. He also received the rank of Wachmann (guard private). On 22 September 1942, he deployed to the Manorial Estate Okzow, where he served as a guard. After this service, he returned to Trawniki and deployed to the concentration camp in Lublin commonly known as Majdanek, where he served during the winter of 1942-43. At Majdanek, Demjanjuk guarded prisoners and prevented them from escaping. On 18 January 1943, he was apprehended returning to the camp after leaving the grounds in violation of the typhus quarantine then in effect. He was punished for this infraction on 21 January. After his service at Majdanek, Demjanjuk returned to Trawniki. On 26 March 1943, the Germans ordered his deployment to the SS Special Detachment Sobibor. He arrived at Sobibor on 26 or 27 March 1943 and served there for some period of time. During his service at Sobibor, Demjanjuk guarded prisoners and prevented them from escaping. He also participated in the extermination process that was Sobibor's raison d'être. Afterwards he returned to Trawniki. On 1 October 1943, the Germans ordered Demjanjuk's transfer to Flossenbürg Concentration Camp. He arrived there by 8 October, when he was again issued a rifle, along with a bayonet. Demjanjuk served at Flossenburg until at least 10 December 1944, that is, for at least fourteen months. During his service there, he guarded prisoners and prevented them from escaping. [...] The District Court for the Northern District of Ohio established that "[G]overnment Exhibit 3 is a service identity pass from Trawniki Training Camp, issued in the name of Iwan Demjanjuk, identification number 1393" and that "Government Exhibit 3 is an Authentic German Wartime Document Issued to Defendant" and that it "is in a condition that raises no suspicion as to its authenticity." It is worth highlighting that in February 2009 the Prosecutor's Office in Munich again submitted this document to further forensic tests and after satisfying itself as to its authenticity proceeded a few days later to demand the handover of Demjanjuk. With reference to Demjanjuk's service at Flossenbürg Concentration Camp, where more than 150 Spaniards were imprisoned, the Court considered that: "The 'Iwan Demjanjuk' identified at entry 53 on the Flossenburg transfer roster is the same Trawniki-trained guard identified on Service Identity Pass No. 1393..." According to a press article published by the Süddeutsche Zeiung in Germany: "The trial against John Demjanjuk will no doubt be the last Nazi war trial. These last trials were and are horrible not because the Nazi henchmen have become so horribly old, but because the German criminal justice system has taken so horribly long and been so horribly lenient..." |
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Deu - La detención de Demjanjuk abre la reflexión sobre la impunidad en Europa. Radio Nizkor, 27May09. |
El integrante de las SS Totenkopf y responsable de crímenes de guerra y de crímenes contra la humanidad John Demjanjuk, llegó a la ciudad alemana de Munich en el vuelo N250LB el pasado 12may09 tras ser deportado desde los Estados Unidos. La Fiscalía de Munich formuló cargos en su contra, librándose la correspondiente orden de detención en marzo de 2009, según información periodística por su complicidad en el asesinato de 29.000 judíos en el campo de concentración de Sobibor, en la Polonia ocupada. Radio Nizkor ha decidido hacer un programa específico donde se clarifiquen algunos extremos con relación a las pruebas existentes, así como un resumen de su historia penal con relación a varios campos de exterminio nacionalsocialistas. [...] Demjanjuk entró en Estados Unidos en 1952 en virtud de la Ley sobre Personas Desplazadas y obtuvo su ciudadanía en 1958. El Tribunal de Distrito para el Distrito Norte de Ohio concluyó el 21feb02 que Demjanjuk obtuvo ilegalmente su naturalización en 1958, al ocultar su pasado de persecución, por lo que ordenó la revocación de la misma. El 28dic05 un juez de Inmigración ordernó su deportación a Ucrania, o alternativamente, Alemania o Polonia. Este procedimiento concluyó el 19may08, con la denegación por parte del Tribunal Supremo de los EE.UU. de la petición de certiorari realizada por la defensa de Demjanjuk. El 19jun08varios sobrevivientes y familiares de víctimas españolas del régimen nacionalsocialista representados por el Equipo Nizkor, interpusieron una querella penal ante la Audiencia Nacional española contra cuatro SS, entre ellos John Demjanjuk. Ese mismo día las autoridades alemanas anunciaban su interés en solicitar la entrega de Demjanjuk a los Estados Unidos. [...] El servicio prestado por Demjanjuk como guardia armado en campos de concentración nacionalsocialistas ha quedado acreditado en el marco del procedimiento de desnaturalización iniciado por el Gobierno de los Estados Unidos en 1999. El Tribunal de Distrito para el Distrito Norte de Ohio que concluyó en 2002 que la naturalización de Demjanjuk debía ser revocada, se apoyó para llegar a esta conclusión, además de en documentos oficiales y originales de la época -como la tarjeta identificativa de guardia- en los informes periciales del experto en las SS Totenkopf y perito en ese tipo de documentos, Charles W. Sydnor... El Dr. Sydnor realizó para este tribunal varios informes periciales que han sido también aportados por las autoridades competentes estadounidenses en respuesta a la solicitud de asistencia judicial cursada por el JCI No. 2 de la Audiencia Nacional española en noviembre de 2008, formando parte estos documentos probatorios de la serie de documentos enviados oficialmente por dicha autoridad. La conclusión de este experto, aceptada después como hechos por los tribunales estadounidenses, en lo que se refiere al servicio prestado por Demjanjuk como guardia armado en campos de concentración nacionalsocialistas, es la siguiente: "Iwan Demjanjuk comenzó a prestar servicios para los alemanes como guardia auxiliar en el Campo de Entrenamiento de Trawniki a mediados de 1942. Poco después de su llegada, recibió el número de identificación 1393 de Trawniki y la administración del campo creó para él la Dienstausweis nº 1393. Demjanjuk recibió en Trawniki un uniforme y un rifle, así como entrenamiento. Le fue asignado el rango de Wachmann. El 22 de septiembre de 1942, fue trasladado a la hacienda Okzow, donde sirvió como guardia. Tras este servicio, regresó a Trawniki para ser asignado al campo de concentración de Lublin, comúnmente conocido como Majdanek, donde sirvió durante el invierno de 1942-43... Tras su servicio en Majdanek, Demjanjuk regresó a Trawniki. El 26 de marzo de 1943, los alemanes ordenaron su asignación al Destacamento Especial de las SS en Sobibor. Llegó a Sobibor el 26 o el 27 de marzo de 1943, y sirvió en este campo durante un tiempo. Durante su servicio en Sobibor, Demjanjuk vigilaba prisioneros y evitaba que éstos pudiesen escapar. También participó en el proceso de exterminio que constituía la razón de ser de Sobibor. Posteriormente, regresó de nuevo a Trawniki. El 1 de octubre de 1943, los alemanes ordenaron su traslado al Campo de Concentración de Flossenbürg. Llegó a este campo el 8 de octubre, fecha en que se le entregó un rifle y una bayoneta. Demjanjuk sirvió en Flossenbürg al menos hasta el 10 de diciembre de 1944, es decir, al menos durante catorce meses. Durante su servicio en este campo, vigilaba a los prisioneros e impedía que éstos pudiesen escapar." [...] El Tribunal de Distrito para el Distrito Norte de Ohio consideró probado que "La prueba número 3 del Gobierno es una tarjeta de identificación de servicio en el Campo de Entrenamiento de Trawniki, emitida a nombre de Iwan Demjanjuk, con número de identificación 1393" y que "La prueba 3 del Gobierno es un Documento Alemán del Periodo de Guerra Auténtico, el cual le fue extendido al acusado", y "[S]e halla en un estado que no levanta sospecha alguna acerca de su autenticidad"... Es de señalar que en febrero de 2009 la Fiscalía de Munich sometió nuevamente a pruebas periciales este documento y, tras considerar demostrada su autenticidad, procedió días después a solicitar la entrega de Demjanjuk. En cuanto al servicio prestado por Demjanjuk en el campo de concentración de Flossenbürg, donde fueron hechos prisioneros más de 150 españoles, considera el Tribunal que "El 'Iwan Demianjuk' identificado en la entrada 53 del listado de traslados de Flossenbürg es el mismo guardia entrenado en Trawniki identificado en la Tarjeta de Identificación de Servicio No. 1393..." Según un artículo publicado en el Süddeutsche Zeiung de Alemania: "El proceso contra John Demjanjuk será posiblemente el último proceso del nacionalsocialismo. Estos últimos procesos han sido y son terribles: no porque los esbirros nazis sean tan terriblemente mayores, sino porque la justicia penal alemana de ayer y antesdeayer estuvo terriblemente atrasada y fue terriblemente indulgente..." |
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Esp - The first testimony of the survivors of Mauthausen Extermination Camp in the Spanish courts. (Equipo Nizkor, 01Apr09). Radio Nizkor, 25Apr09. |
Equipo Nizkor released a communiqué on April 1st, 2009, on the occasion of the first testimony given by survivors of Mauthausen Extermination Camp in the Spanish courts. On 30 March 2009 Judge Ismael Moreno, of Central Court of Investigation No. 2 of the National Court, took the testimony of two Spanish survivors of the extermination camp Mauthausen as part of the proceedings prepared by Equipo Nizkor instituted on behalf of victims and relatives of victims of National-Socialist concentration camps. This is the first time in over 60 years that Spanish victims of National-Socialism have testified in Spanish jurisdiction. The first of the survivors to testify before the judge was Jesús Tello, deported from the French city of Angouleme with his father, mother, five brothers and a sister in the train now known as the "Convoy of the 927" due to the number of Spaniards who were deported in that train. The convoy arrived at Mauthausen on 24th August 1940... The second of the survivors to testify was Ramiro Santisteban, a party in the lawsuit. Ramiro Santisteban arrived at Mauthausen on the 6th August 1940 on the train carrying Spanish prisoners of war of different ranks previously selected from prisoner-of-war camps in Germany... The two witnesses were questioned by one of the lawyers for Equipo Nizkor, Antonia Macias. The questions were designed to show that Mauthausen was an extermination camp, that the SS Totenkopf were in charge of and responsible for the camp and, in addition, that they used a methodology of systematic extermination. To confirm the methods of killing that were used in the camp the witnesses were shown 15 photographs reflecting killings that had occurred there as compared with the methods of extermination described in the so-called "Cohen Report". The conclusions of this report were evidence admitted at the International Tribunal of Nuremberg... The Justice Ministry, represented by Prosecutors Pedro Martínez Torrijos (who was present during both testimonies) and Juan Moral de la Rosa (who was present at the testimony of Ramiro Santisteban), asked only a limited number of general questions concerning what took place at the camp. They did not at any time seek a positive identification of the defendants in the case as, given the type of crimes involved, such question would make no sense procedurally... Although we informed members of the press who were present at the National Court that we did not agree with media treatment which the case has received since its commencement, certain statements were made and reproduced in various media which, in some cases, are absolutely false and in others, demonstrate a complete lack of knowledge as to the nature of the proceedings and the crimes committed by the National-Socialist regime and in particular by the SS Totenkopf... Statements that photographs of the four accused, Johann Leprich, Anton Tittjung, Josias Kumpf and Ivan (John) Demjanjuk, were shown to the witnesses are simply false and the statement that they were shown photographs of "camp officers" is also patently false. We do not know if there is a source for such information, but it is clear that it could not come from the prosecutors who were present during the testimony of the witnesses as they know perfectly well what happened there and what photos were in fact shown to them. This kind of information can only be understood to constitute an unequivocal defence of the interests of the accused and is undoubtedly intended to create a climate of opinion that would facilitate the closing of the case- for which de-legitimisation of the evidence would be necessary. The only photographs seen by the witnesses were shown to them to enable them to explain the different methods used in the camp to carry out the extermination of the prisoners and they were shown by Antonia Macias during the testimony of Jesús Tello and by Miguel Ángel Muga during the testimony of Ramiro Santisteban... Esta serie de fotografías tienen un carácter de prueba indubitable, pues la mayoría fue en su día presentada al Tribunal de Nuremberg por las fiscalías francesa y estadounidense, y, posteriormente, como prueba de la acusación No. 153 en el juicio principal de Mauthausen celebrado entre marzo y mayo de 1946 ante un tribunal militar estadounidense... This series of photographs constitutes irrefutable evidence. Many of them were used as evidence for the prosecution in the Nuremberg Tribunal by the US and French prosecuting authorities, and soon afterwards in the main Mauthausen Concentration Camp Trial... |
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klm3 | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:20:49 | ESL/SPA |
Esp - Por primera vez declaran en sede judicial española sobrevivientes del campo de exterminio de Mauthausen. (Equipo Nizkor, 01abr09). Radio Nizkor,10abr09. |
El Equipo Nizkor difundió el pasado 01abr09 un comunicado a tenor de la primera declaración de sobrevivientes del campo de exterminio de Mauthausen ante la justicia española. El pasado 30 de marzo de 2009 el juez titular del Juzgado Central de Instrucción No. 2 de la Audiencia Nacional, Ismael Moreno, tomó declaración a dos sobrevivientes del campo de extermino de Mauthausen en el marco del procedimiento incoado a partir de la querella dirigida y preparada por el Equipo Nizkor y presentada por víctimas y familiares de víctimas... El primero de los sobrevivientes en testificar ante el juez fue D. Jesús Tello, deportado desde la ciudad francesa de Angoulême junto a sus padres y 6 hermanos, en el tren conocido históricamente como el "convoy de los 927", por el número de españoles que iban en el mismo. Este convoy llegó a Mauthausen el 24 de agosto de 1940... El segundo de los sobrevivientes que testificó ante el juez Ismael Moreno fue D. Ramiro Santisteban, quien lo hizo en carácter de querellante. Ramiro Santisteban arribó a Mauthausen el 06 de agosto de 1940 en un tren de Prisioneros de Guerra compuesto de españoles de diverso rango, seleccionados previamente en campos de internamiento de prisioneros de guerra en territorio alemán... Los testigos fueron interrogados por una de la abogadas del Equipo Nizkor, Antonia Macías, en base a un cuestionario específico que tenía la finalidad de demostrar que Mauthausen era un campo de exterminio, que las SS Totenkopf eran las responsables del mismo y que, además, tenían una metodología de exterminio sistemática. Para confirmar específicamente los métodos de asesinatos que se empleaban en el campo se utilizaron 15 fotografías que fueron presentadas a los testigos con esta única finalidad y relacionando las mismas con los métodos de exterminio incluidos en el denominado "Informe Cohen", que fue utilizado como prueba ante el Tribunal Internacional de Nuremberg... El Ministerio Fiscal, representado por los Fiscales Pedro Martínez Torrijos (quien estuvo presente en ambas declaraciones) y Juan Moral de la Rosa (quien estuvo presente en la declaración de Ramiro Santisteban), se limitó a formular algunas preguntas sobre generalidades de lo allí ocurrido. En ningún momento preguntaron sobre la identificación positiva de los acusados en la querella, dado que por el tipo de crímenes esta pregunta específica no tendría sentido procesal alguno... A pesar de que advertimos claramente a los periodistas presentes en la Audiencia Nacional de nuestra disconformidad con el tratamiento informativo del caso desde el momento de la presentación de la querella, nos encontramos con varias afirmaciones que fueron reproducidas en diversos medios y que, en algunos casos son totalmente falsas y, en otros, responden a una manifiesta ignorancia sobre el tipo de querella y los delitos cometidos por el régimen nacionalsocialista, específicamente por las SS Totenkopf... La afirmación de que ses le presentaron fotos de los cuatro acusados, o sea, de Johann Leprich, Anton Tittjung, Josias Kumpf e Ivan (John) Demjanjuk, es simplemente falsa. La afirmación de que se le presentaron fotos de los "oficiales del campo" es manifiestamente falsa. Desconocemos si existe una fuente para dicha información, pero es evidente que no puede provenir de los fiscales presentes en la declaración de los testigos porque ellos saben perfectamente qué es lo que ocurrió y qué fotos se presentaron. Este tipo de información sólo se puede entender como una clara defensa de los intereses de los acusados y tiene la indudable intención de crear un estado de opinión que facilite el archivo de la causa, para lo cual es necesario una deslegitimación de los medios de prueba existentes. Las únicas fotos que se exhibieron a los testigos lo fueron con la única finalidad de que ellos explicaran los diferentes métodos de exterminio utilizados dentro del campo y fueron presentadas por la abogada Antonia Macías en el caso del testigo Jesús Tello y por el abogado Miguel Ángel Muga en el caso del testigo Ramiro Santisteban... Esta serie de fotografías tienen un carácter de prueba indubitable, pues la mayoría fue en su día presentada al Tribunal de Nuremberg por las fiscalías francesa y estadounidense, y, posteriormente, como prueba de la acusación No. 153 en el juicio principal de Mauthausen celebrado entre marzo y mayo de 1946 ante un tribunal militar estadounidense... |
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fiscales | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:19:53 | ESL/SPA |
Esp - Comunicado con relación al incidente de competencia en la Audiencia Nacional en el caso de los crímenes del franquismo. (Equipo Nizkor, 20nov08). Radio Nizkor,02ene09. |
El Equipo Nizkor difundió el pasado 20nov08 un comunicado sobre el incidente de competencia en la Audiencia Nacional, incidente que afectaba a las víctimas del franquismo Este comunicado estuvo precedido por otro, de 27sep08, en el que se analizaba la situación procesal de las denuncias presentadas ante la Audiencia Nacional (AN) y que fueron adjudicadas al Juzgado Central de Instrucción Núm. 5, cuyo titular es el Juez Baltasar Garzón. Estas denuncias iniciales, presentadas el 14 de diciembre de 2006, no fueron objeto de un primer pronunciamiento por parte del Ministerio Fiscal hasta el 29ene08, en que la Fiscalía de la Audiencia Nacional, siguiendo instrucciones verbales del Fiscal General del Estado, emitió su dictamen contrario a la admisibilidad de las mismas. El Juez Instructor, tras declararse en cambio competente mediante auto de 16oct08, y después de que el Pleno de la Sala de lo Penal, en respuesta a una petición de la Fiscalía, le ordenara paralizar "todas las actuaciones acordadas en el sumario 53/08 a excepción de las que, de no realizarse ya, causen un perjuicio irreparable e irreversible al fin de la investigación”, dictó auto inhibitorio el 18nov08 en favor de una serie de juzgados ordinarios repartidos por todo el Estado. En su comunicado a raíz de ese Auto inhibitorio, el Equipo Nizkor afirma que "[E]l problema de fondo en el caso que nos ocupa no es la argumentación jurídica con relación a los tipos penales, sino lo que se denomina competencia absoluta y, en este sentido, tanto el Juez Baltasar Garzón como todos los abogados que presentaron las distintas denuncias ante la Audiencia Nacional sabían, o deberían haber sabido, que la Audiencia Nacional no es competente para delitos de esta naturaleza cometidos en territorio nacional.". "El Juzgado Central de Instrucción Núm. 5 debería, a nuestro entender, haber hecho uso de artículo 304 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) y enviar las actuaciones al Tribunal Supremo solicitando que se nombre un juez especial para continuar las investigaciones dado que, en este caso, se cumplen las condiciones previstas en dicho artículo..." "Si bien el principio del Juez natural es un derecho irrenunciable para cualquier organización defensora de la libertades civiles, el reparto dispuesto en el auto inhibitorio del Juzgado de Instrucción Núm 5 a favor de 62 juzgados ordinarios, tiene consecuencias graves para las víctimas" y esto por dos razones fundamentales: porque muchas Audiencias Provinciales han cerrado ya casos por este tipo de hechos, en violación del derecho internacional en vigor, negando incluso la posibilidad de recurso al Tribunal Supremo; y porque no existen abogados ni jueces con formación suficiente en derecho internacional para hacer frente a una avalancha procesal como la dispuesta por el titular del Central 5. "Todo ello provoca una clara y completa indefensión a las víctimas y convierte este reparto en un intento de consolidación del modelo de impunidad defendido por el Gobierno y la práctica totalidad de los grupos políticos con representación parlamentaria..." Tampoco la cuestión de la responsabilidad penal individual (limitada a un periodo legal que se extiende arbitrariamente sólo hasta 1951) o la de la exhumación de fosas comunes son abordadas de manera acorde al debido proceso, especialmente en la vertiente de acceso a la justicia de víctimas ausentes y presentes y/o de sus familiares. |
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Esp - Comunicado del Equipo Nizkor acerca de la investigación que lleva adelante la Audiencia Nacional sobre las víctimas del franquismo. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 30sep08. |
El Equipo Nizkor, ante las numerosas consultas recibidas de organizaciones de víctimas del franquismo, así como de otras organizaciones de derechos humanos, en relación con la situación procesal de las denuncias presentadas en la Audiencia Nacional y que fueron adjudicadas al Juzgado Central de Instrucción Núm. 5, cuyo titular es el Juez Baltasar Garzón, ha considerado necesario hacer algunas precisiones sobre el particular. - La denuncia inicial se presentó ante la Audiencia Nacional mediante escrito de fecha 14 de diciembre de 2006 y, como consecuencia, se abrieron las "Diligencias Previas Procedimiento Abreviado 399/2006". Dicha denuncia fue presentada por Maria Antònia Oliver París y Margalida Capellà i Roig, como representantes legales de la Associació per a la Recuperació de la Memoria Històrica de Mallorca. - El 29 de enero de 2008 la Fiscalía de la Audiencia Nacional, siguiendo instrucciones verbales del Fiscal General del Estado, emitió su dictamen sobre admisibilidad, en el cual concluye que "no procede admitir a trámite las denuncias presentadas, ex art. 313 Lecrim, al no ser competente el Juzgado Central de Instrucción, debiendo procederse al archivo"... - [E]l Juzgado Central de Instrucción Núm. 5 notificó e hizo públicas sendas providencias de 02 de septiembre y 25 de septiembre de 2008, donde... ordenó una serie de diligencias que podemos llamar “documentales” para, presuntamente, encontrar elementos que permitan resolver su competencia o no en el procedimiento. En ninguna de la dos providencias el Juzgado Central de Instrucción Núm. 5 fundamenta, ni siquiera provisionalmente, la cuestión de fondo de la competencia, es decir, el sustento jurídico para decidir el archivo de las denuncias o la competencia. Teniendo en cuenta que los jueces sólo hablan por sus escritos, hasta la fecha, el titular del Juzgado de Instrucción Núm. 5 ha mantenido un silencio absoluto sobre las cuestiones de fondo. Como consecuencia, y al no ser parte en el procedimiento, consideramos que no existen elementos suficientes que permitan hacer una valoración de la actuación del titular del Juzgado Central de Instrucción Núm. 5 - Dadas la repercusión y expectativas que necesariamente comporta la actuación del titular del Juzgado Central de Instrucción Núm. 5 entre las asociaciones de víctimas y entre las víctimas del franquismo, creemos que es necesario hacer una llamamiento para que se respete en forma estricta el debido proceso y se proceda conforme a los estándares previstos para toda investigación penal... Recordamos que la base documental reviste una importancia primordial de cara a las pruebas del tipo penal de “crímenes contra la humanidad” y que existen normas procesales y de validación y certificación de pruebas documentales que no pueden ser obviadas en ningún caso si lo que se pretende es que éstas gocen de un valor indubitable en cuanto pruebas procesalmente válidas y puedan soportar el principio de contradicción procesal... Por lo tanto, sugerimos que estos extremos sean tenidos en cuenta a la hora de realizar estas diligencias procesales excepcionales hoy en curso... Esperamos por tanto que el juez titular del Juzgado Central de Instrucción Núm. 5, resuelva definitivamente la cuestión de la competencia en el caso y fundamente esa resolución en forma concordante con el derecho internacional y con la jurisprudencia europea e internacional que afectan a la denominada “cuestión de fondo”, partiendo del supuesto de que se han de aplicar las normas del debido proceso y que en ningún caso, desde un Juzgado de Instrucción, se pueden aplicar fórmulas propias de la denominada “justicia transicional”, que están alejadas del derecho a la justicia que ha de garantizarse a todas las víctimas. |
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Esp - Admiten a trámite la querella en el caso de las víctimas españolas en los campos nacionalsocialistas. Radio Nizkor, 29jul08. |
El Juzgado Central de Instrucción número dos de la Audiencia Nacional hizo público el día 17 de julio de 2008 el auto de admisión a trámite de la querella formulada en el caso de las víctimas españolas en los campos de concentración nacionalsocialistas, auto que fue notificado a los querellantes el 21 de julio de 2008 y que da continuidad a las Diligencias previas número 211/08, abiertas a partir de la presentación de la querella penal por parte del Equipo Nizkor el pasado 19 de junio de 2008. Este suceso procesal permite, por primera vez en la jurisdicción española, dar comienzo a la instrucción judicial para investigar crímenes del nacionalsocialismo y así las responsabilidades de Johann Leprich, Anton Tittjung, Josias Kumpf e Iwan (John) Demjanjuk, integrantes del Batallón de la Calavera (SS Totenkopf-Sturmbann) de las SS. Significa un reconocimiento jurídico a todas las víctimas españolas que sufrieron los rigores del los campos nacionalsocialistas durante la II Guerra Mundial. El auto admisión a trámite de la querella es consecuencia directa del informe de fecha 09 de julio de 2008 de la Fiscalía de la Audiencia Nacional a favor de la competencia de los tribunales españoles en este caso... La presentación de esta querella, producida bajo la preparación y dirección estratégica del Equipo Nizkor, cuenta con el apoyo de numerosas organizaciones de víctimas del franquismo y de víctimas de los campos de concentración nacionalsocialistas, como quedó reflejado en el comunicado hecho público el 30 de junio de 2008, en el que más de 60 organizaciones de víctimas solicitaban, entre otras cosas, que "...la Fiscalía General del Estado [que] dé las instrucciones necesarias para que la fiscalía de la Audiencia Nacional informe en su preceptivo dictamen al Juez de Instrucción la competencia de los tribunales españoles para el caso, y que éste proceda a admitir la querella e impulsar la fase de instrucción en forma rápida y eficaz..." Las organizaciones firmantes hacían "un llamamiento muy especial a la Unión General de Trabajadores (UGT) y al Partido Socialista Obrero Español (PSOE) para que apoyen esta querella penal que cuenta entre las pruebas judiciales presentadas en sustento de la misma el libro diario del KL Sachsenhausen donde figura como internado para su exterminio Francisco Largo Caballero, eximio y reconocido dirigente histórico socialista"... La admisión a trámite de esta querella es un claro avance en el tratamiento jurídico de los crímenes graves ante la jurisdicción ordinaria y significa un signo de esperanza para todas las asociaciones que vienen defendiendo la aplicación del derecho internacional para los crímenes que afectaron a ciudadanos españoles, tanto por parte del nacionalsocialismo, como del fascismo y el franquismo. |
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Esp - Más de 60 asociaciones piden al Gobierno español que dé instrucciones a la Fiscalía para pedir la extradición de cuatro SS Totenkopf a los EE.UU. Radio Nizkor, 10jul08. |
Más de 60 asociaciones de víctimas del Franquismo y la II Guerra Mundial piden al Gobierno español que solicite la extradición a los Estado Unidos de los integrantes de las SS Totenkopf Johann Leprich, Anton Tittjung, Josias Kumpf e Iwan (John) Demjanjuk. En un comunicado de fecha 30jun08, toman nota de la información pública sobre la querella presentada en la Audiencia Nacional de Madrid el pasado 19 de junio por varios sobrevivientes y familiares de víctimas españolas del régimen nacionalsocialista y manifiestan su apoyo a la actitud ética de demandar justicia por parte de los querellantes iniciales. Manifiestan también que: "Las víctimas españolas del régimen nacionalsocialista no han recibido nunca el reconocimiento jurídico por parte de estado Español, con el agravante de que la conocida como “Ley de la Memoria”, aprobada en la última legislatura, declara legales las leyes franquistas que consolidaron la exclusión legal de estas víctimas del sistema del derecho de gentes europeo." Y "[q]ue este procedimiento representa a todas las víctimas españolas y de otros países que fueron eliminadas por sus ideas políticas, tal cual dio por probado la Sentencia del Tribunal de Nuremberg. Pero además, esperamos que estos responsables sean juzgados en España por los crímenes contra la humanidad y el genocidio cometidos en aplicación de la legislación racial nacionalsocialista y que afectó, entre otros, a judíos, gitanos y a quienes profesaban otras religiones y estaban incluidos en la calificación de “untermenschen” (subhumanos) por la legislación racial nacionalsocialista." Solicitan públicamente a la Fiscalía General del Estado "que dé las instrucciones necesarias para que la fiscalía de la Audiencia Nacional informe en su preceptivo dictamen al Juez de Instrucción la competencia de los tribunales españoles para el caso, y que éste proceda a admitir la querella" Hacen un llamamiento muy especial a la Unión General de Trabajadores (UGT) y al Partido Socialista Obrero Español (PSOE) "para que apoyen esta querella penal que cuenta entre las pruebas judiciales presentadas en sustento de la misma el libro diario del KL Sachsenhausen donde figura como internado para su exterminio Francisco Largo Caballero, eximio y reconocido dirigente histórico socialista." Asimismo, declaran que este procedimiento permitiría al Estado Español hacer frente a sus responsabilidades en el apoyo y promoción del régimen nacionalsocialista, y así, integrarse, por la vía judicial, al repudio y condena de los crímenes nacionalsocialistas. |
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asoc | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:09:06 | ESL/SPA |
Esp - Informe sobre los campos de concentración nacionalsocialistas incluidos en la querella penal por víctimas españolas de la II Guerra Mundial. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 27jun08. |
A las 13:40 horas (UTC/GMT +1) del 19 de junio de 2008 se presentó en la Audiencia Nacional una querella penal - bajo la preparación y dirección estratégica del Equipo Nizkor- en representación de varios sobrevivientes y familiares de víctimas españolas del régimen nacionalsocialista. Estos ciudadanos llegan por primera vez en 60 años a los estrados de la justicia del Estado español que, hasta la fecha, les ha desconocido como tales víctimas y, en la mayoría de los casos, ni siquiera les ha devuelto la nacionalidad española, teniendo incluso que litigar ante los tribunales españoles con la nacionalidad que les otorgaron países como Bélgica, Austria o Francia. Están especialmente representadas en este caso las víctimas españolas de los Campos de Concentración (“KL” - Kozentrationslager) de Mauthaussen, Sachsenhausen y Flossenbürg. Los querellantes piden que se solicite a los Estados Unidos la entrega formal de cuatro ex miembros de las SS Totenkopf, guardias armados en los campos de concentración referidos, y que se encuentran en este país después de haber sido desnaturalizados por la justicia estadounidense. Se trata de Johann Leprich, Anton Tittjung, Josias Kumpf e Iwan (o John) Demjanjuk. En el KL Mauthausen, según las pruebas presentadas ante distintos tribunales -principalmente ante el Tribunal Militar Internacional para el Enjuiciamiento de los Principales Criminales de Guerra (“el Tribunal de Nuremberg”), o en el conocido como “juicio de Colonia” de 1967-, estuvieron internados más de 7.000 españoles, de los cuales se sabe que al menos 4.300 fueron exterminados. La mayoría habían sido detenidos por las tropas de las SS en Francia a partir de 1940. Sachsenhausen es el primer campo de concentración en recibir un número importante de deportados de Francia. A partir del 24 de enero de 1943 se organiza un primer convoy que parte de la estación de Compiègne. Parte de las personas que iban en ese convoy son registradas al día siguiente en el KL Sachsenhausen, entre ellos varios nacionales españoles... Entre los prisioneros políticos españoles en el campo de Sachsenhausen es necesario nombrar a Francisco Largo Caballero, histórico líder del PSOE y de la UGT que devino Ministro de Trabajo, Jefe de Gobierno y Ministro de la Guerra durante la II República española... Entre 1938 y 1945 murieron en el KL Flossenbürg alrededor de 30.000 prisioneros, de los que aproximadamente tres cuartas partes lo hicieron durante los últimos meses de la guerra. Según un documento estadounidense posterior a la guerra (Documento Nuremberg No 393), hubo 155 españoles entre los prisioneros políticos internados en Flosenburg, de los cuales fueron exterminados al menos 60. Entre los prisioneros políticos españoles sobrevivientes de este campo se cuentan dos judíos... |
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Esp - Informes sobre los SS Totenkopf afectados por la solicitud de extradición incluida en la querella penal por víctimas españolas de la II Guerra Mundial. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 27jun08. |
A las 13:40 horas (UTC/GMT +1) del 19 de junio de 2008 se presentó en la Audiencia Nacional una querella penal - bajo la preparación y dirección estratégica del Equipo Nizkor- en representación de varios sobrevivientes y familiares de víctimas españolas del régimen nacionalsocialista. Los querellantes piden que se solicite a los Estados Unidos la entrega formal de cuatro ex miembros de las SS Totenkopf -guardias armados en diversos campos de concentración en donde hubo nacionales españoles- que se encuentran en este país después de haber sido desnaturalizados por la justicia estadounidense. Se trata de Johann Leprich, Anton Tittjung, Josias Kumpf e Iwan (o John) Demjanjuk.
Fueron miles los españoles deportados a campos concentración nacionalsocialistas durante la Segunda Guerra Mundial. En los campos de Mauthausen, Sachsenhausen y Flossenbürg, prisioneros de numerosas nacionalidades, incluidos españoles, fueron sometidos a persecución sistemática con fines de exterminio. En los casos en que concurre la existencia de víctimas españolas, tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Constitucional español reconocen indiscutiblemente la jurisdicción de los tribunales españoles sobre este tipo de crímenes atroces cometidos fuera del territorio nacional. |
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Esp - A pocas horas de su inauguración arrancan de cuajo una placa conmemorativa que recuerda a dos luchadores antifascistas asesinados en Asturias. Radio Nizkor, 21may08. |
El 17may08, el Foro por la Memoria del Oriente de Asturias (FMOA) realizó un homenaje en Pandiellu, a José Diego Corao y Antonio Sánchez González, los dos republicanos asesinados durante la posguerra civil española y exhumados, en junio del año pasado, en la Pasada de Zóbilo, en las inmediaciones de la localidad cabraliega de Pandiello. Se descubrió una placa que recuerda a los dos luchadores por la libertad, cubierta por la bandera republicana. Tras el acto, a las 19:30 horas y en la sala de cultura de Arenas de Cabrales, se presentó el documental de la exhumación, titulado "Pasada de Zóbilo", al que asistió un gran número de cabraliegos, que abarrotó el salón de actos del mismo. El documental fue muy aplaudido y debió ser exhibido en dos ocasiones para que todos los interesados pudieran verlo. Esa misma noche, la placa fue arrancada de cuajo, sin que aparecieran ni siquiera los restos de la misma Miembros del FMOA pusieron una denuncia en el Cuartel de la Guardia Civil de Careña de Cabrales, presentándola después en el Registro de Entrada del Ayuntamiento. Este ataque contra el monumento ha provocado una gran conmoción en el concejo de Cabrales. Responsables del Ayuntamiento de Cabrales lamentaron el atentado perpetrado por los nostálgicos partidarios del anterior régimen... |
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Esp - Más de 70 asociaciones consideran aberrante la llamada "Ley de la Memoria" aprobada por el Congreso. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 04dic07. |
Más de 70 organizaciones de víctimas del franquismo se oponen al proyecto de la llamada "Ley de la Memoria Histórica", que fue aprobada por el Congreso de los Diputados el 31oct07. La cuestión central en relación con este proyecto de ley, actualmente en tramitación ante el Senado,
es que no reconoce jurídicamente a las víctimas del franquismo: no sólo a las de la Guerra Civil, sino a
las de todo el periodo
dictatorial. Tampoco reconoce las víctimas españolas de la IIGM, ni las que lucharon en los ejércitos
aliados, ni las que fueron exterminadas en los campos nacionalsocialistas, como por ejemplo los españoles republicanos
exterminados en el campo de Mauthaussen. Esta ley ignora las Resoluciones 32(1) y 39(1) de la Asablea General de la ONU (aprobadas en 1946), y que proclamaron que
el Régimen de Franco fue " fundado con el apoyo de las Potencias del Eje", y que "En origen, naturaleza, estructura y
conducta general, es un régimen de carácter fascista, establecido en gran parte gracias a la ayuda recibida de
la Alemania nazi de Hítler y de la Italia fascista de Mussolini". Ésta es la única definición con
valor júridico en derecho internacional existente y la ley de la memoria la oculta, utilizando
definiciones sin valor jurídico alguno, como es el hecho de declarar su "ilegitimidad"...
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El 31oct07 el Congreso de los Diputados aprobó el Proyecto de ley por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura. Las posiciones de los diferentes grupos parlamentarios habían quedado ya reflejadas en las actas de la sesión-debate del 17oct07 de la Comisión Constitucional del Congreso en torno a esta ley (en esta sesión se dio por terminado el dictamen de la ley). Esas posiciones fueron también reiteradas y defendidas en el debate que se dio en el pleno de 31oct07. Las actas y el debate permiten conocer en términos parlamentarios lo que cada partido político piensa y opina, siendo la posición defendida por Esquerra Republicana la única concordante con la mantenida por más de 80 asociaciones que trabajan el problema de las víctimas del franquismo en el Estado y la única concordante con el derecho internacional de los derechos humanos y la doctrina y jurisprudencia europeas para este tipo de crímenes. Durante su intervención, el Diputado Joan Tardà señala que la ley que se debate implica un alejamiento aún mayor de "las bases estructurales de la cultura democrática europea desde la finalización de la Segunda Guerra Mundial", al desconocer las resoluciones de la Asamblea General de la ONU de 1946 que definían al régimen franquista como un "régimen de carácter fascista, establecido gracias a la ayuda nazi y fascista". Recuerda asimismo que esta ley deja de lado la representación judicial de los ausentes, "Porque, ustedes saben bien, que en la comisión de crímenes contra la humanidad la figura más representativa no son los presentes, sino los ausentes". Y afirma: "Ustedes niegan la condición jurídica de víctima a los represaliados, no quieren asumir los riesgos que supone este reconocimiento, puesto que dotaría al ciudadano del instrumento necesario para que actuara en uso de sus libertades como considerara oportuno. He aquí la gran diferencia entre ustedes y nosotros los republicanos. Para Esquerra corresponde al Estado reparar a sus víctimas, dotándolas de una condición jurídica de víctimas..." Y concluye su intervención: "Que no se engañe el señor presidente, hoy ausente, con su texto ha condenado a una segunda muerte a las víctimas del fascismo." |
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El 31oct07 el Congreso de los Diputados aprobó el Proyecto de ley por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura. El Gobierno hizo pública la primera versión de esta Ley el 28jul06. Tras varios meses de negociación, incluido un debate en el pleno del Congreso, el 14dic06, en el que se rechazaron tres proposiciones de ley alternativas (enmiendas a la totalidad) presentadas por el Partido Popular, Izquierda Unida y Esquerra Republicana de Catalunya, en los meses de marzo y abril de 2007 el Partido Socialista e Izquierda Unida llegaron al llamado "Pacto de Desbloqueo de la Ley de la Memoria", en el cual Izquierda Unida conviene con el partido socialista la fórmula de la "ilegitimidad" de los juicios sumarios, pero no su ilegalidad, lo que supone el refrendo de la legalidad del régimen franquista por parte de los dos partidos principales del espectro progresista/de la izquierda. El Sr. Diputado Diego López Garrido, portavoz del Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, anunció a principios de octubre el acuerdo al que este partido habría llegado con los Sres. Diputados Gaspar Llamazares Trigo y Joan Herrera Torres, del Grupo Parlamentario Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, Josu Iñaki Erkoreka Gervasio, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) y Josep Antoni Duran i Lleida, del Grupo Parlamentario Catalán (CiU), acuerdo que permitió la convocatoria de la ponencia en la Comisión Constitucional del Congreso sobre la base de un texto prácticamente ultimado, lo que posibilitaba su rápida tramitación por parte de esa Comisión para su ulterior presentación y aprobación, el 31oct07, por parte del pleno del Congreso. Las posiciones de los diferentes grupos parlamentarios quedaron reflejadas en las actas de la sesión-debate del 17oct07 de la Comisión Constitucional del Congreso en torno a esta ley (en esta sesión se dio por terminado el dictamen de la ley), así como en las intervenciones en el pleno de 31oct07 que ponemos a disposición. Las actas y el debate permiten conocer en términos parlamentarios lo que cada partido político piensa y opina, siendo la posición defendida por Esquerra Republicana la única concordante con la mantenida por más de 80 asociaciones que trabajan el problema de las víctimas del franquismo en el Estado y la única concordante con el derecho internacional de los derechos humanos y la doctrina y jurisprudencia europeas para este tipo de crímenes. Esta Ley, que inicia ahora su trámite de urgencia en el Senado, significa la negación de los derechos civiles a las víctimas del franquismo, el desconocimiento de la historia europea de la II Guerra Mundial y los orígenes de la misma y, tal y como expresaron decenas de asociaciones en un comunicado al respecto, la ley "tiene una manifiesta voluntad de servir de defensa de la legalidad originada en el régimen franquista y plantea la igualación de víctimas y verdugos en un acto perverso e inmoral que reviste la característica de un burdo negacionismo de la verdad histórica, planteando que la actual democracia tiene su límite en la legalidad formal de aquel régimen". Para reproducir los ficheros no tienen más que hacer click sobre el icono del formato audio que deseen ejecutar, Real Media o Mp3. |
Esp - Declaración con relación al proyecto de "Ley de la memoria" presentado en el Congreso. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 11oct07. |
El Equipo Nizkor ha emitido un comunicado a raíz del acuerdo hecho público por el Diputado Diego López Garrido, portavoz del Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al que este partido ha llegado con los Diputados Gaspar Llamazares y Joan Herrera, de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, Josu Iñaki Erkoreka, del PNV y Josep Antoni Duran i Lleida, de CiU. Dicho acuerdo ha permitido la convocatoria de la ponencia en la Comisión Constitucional del Congreso correspondiente al "Proyecto de ley por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura". Las asociaciones firmante de ese comunicado, afirman que el Proyecto de ley de la denominada "Ley de la memoria", contiene una ley sin valor jurídico o, dicho de otra forma, "una norma que no hace frente a ninguno de los problemas jurídicos derivados de la casuística de las víctimas del franquismo", y lo califican como "un ataque inmoral, y falto de la más elemental ética democrática, a la memoria de las víctimas del franquismo tanto en el interior de España, como a las víctimas de los campos de exterminio nacional socialistas, a los niños de la guerra, a los exiliados que perdieron su nacionalidad, a los que lucharon en las fuerzas aliadas en contra de los países del Eje, a los esclavos de los campos de trabajos forzados, a los guerrilleros que lucharon en el interior de España, a los mutilados de guerra, a los presos políticos, a los ejecutados por juicios sumarísimos, a los ejecutados extrajudicialmente, a los desaparecidos, y a los ejecutados en masacres parte del exterminio y de ataques sistemáticos y a gran escala en contra de la población civil". "Declarar la ilegitimidad de algunas de las normas de la legislación franquista es lo mismo que declarar su legalidad y la del régimen que las impuso... El proyecto de ley tiene una manifiesta voluntad de servir de defensa de la legalidad originada en el régimen franquista y plantea la igualación de víctimas y verdugos en un acto perverso e inmoral que reviste la característica de un burdo negacionismo de la verdad histórica, planteando que la actual democracia tiene su límite en la legalidad formal de aquel régimen. Esto lo consigue el proyecto de ley presentado ocultando elementos del derecho internacional de obligada observancia para el Estado español. Tal es el caso de las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas que afectan a la cuestión jurídica con relación al nacionalsocialismo y al facismo... Pero más evidente aún es la ocultación, a efectos de calificación del régimen franquista, de las resoluciones de la Asamblea General de la ONU números 32(I) y 39 (I), que versan específicamente sobre la denominada cuestión española". "Solicitamos a los partidos políticos democráticos con representación parlamentaria una profunda reflexión sobre las consecuencias perversas de este tipo de actos que aumentan el déficit democrático pendiente desde la denominada transición y que tienen como consecuencia el que los ciudadanos lleguen a la conclusión de que las libertades civiles, los principios democráticos y los derechos humanos son en realidad parte de una "democracia otorgada" por un régimen ilegal como el franquismo..." |
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Esp - Aclaración sobre la información publicada en el diario "El Punt”" sobre la ley de "memoria histórica". Radio Nizkor, 30ago07. |
El Equipo Nizkor ha publicado una aclaración sobre la información aparecida en el diario “El Punt” y en la página “Kaos en la red” con relación a la ley denominada de “Memoria Histórica”. Se trata de sendos artículos publicados el 08ago07 y el 09ago07. El primero de ellos, en el “El Punt”, bajo el título "“L'equip Nizkor compara ICV-IU amb Primo de Rivera per haver acceptat la llei de memòria històrica del PSOE”, y, el segundo, “El equipo Nizkor compara ICV-IU con Primo de Rivera [Ley Memoria Histórica]” En esa aclaración el Equipo Nizkor puntualiza, entre otras cuestiones, lo siguiente: - Estas declaraciones fueron efectuadas a un periodista de la Agencia Catalana de Información en nuestra Sede Europea, en Bélgica, con motivo de una visita oficial realizada por el diputado Joan Tardá del Grupo parlamentario de ERC y existe un evidente error en la edición o en la transcripción de las mismas. - Estas declaraciones tienen que ver con la cuestión doctrinal sustentada por Izquierda Unida con su proposición de declarar la “ilegitimidad” de las leyes franquistas y no su “ilegalidad” o, lo que es lo mismo, decir que la leyes franquistas son legales, pero ilegítimas. Este aspecto fue ampliamente fundamentado en Mesa redonda realizada en Mayo de 2007 en el Hotel Trip Atocha de Madrid y en la cual, tanto el fiscal Félix Rodríguez, integrante del Consejo General del Poder Judicial, como el ex fiscal anti-corrupción Jiménez Villarejo, sustentaron esta tesis doctrinal... - En 1930 los conocidos juristas y abogados D. Felipe Sánchez Román y D. Luis Jiménez de Asúa defendieron en una asamblea del Colegio de Abogados de Madrid la nulidad del Código Penal de 1928, conocido como “Código de Primo de Rivera”, y que fue aprobado por Real Decreto de 8 de septiembre de 1928, previo acuerdo del Consejo de ministros de la Dictadura de Primo de Rivera, padre de José Antonio Primo de Rivera, fundador de la Falange. - Esta propuesta fue aprobada por mayoría por el Colegio de Abogados de Madrid.. - El fundador de la Falange, José Antonio Primo de Rivera, en un largo artículo publicado en el diario “La Nación” de Madrid el 15 de abril de 1930 y titulado: “Lo del Colegio de Abogados: un abuso de la mayoría”, explica en forma extensa por qué dicho código puede ser ilegítimo, pero es legal... - Con los mismos argumentos que Luis Jiménez de Asúa defendía en 1930, afirmando que el Código Penal de 1928 y los decretos leyes eran “de ilegítima procedencia, [y por lo tanto gozaban] del más rotundo vicio de ilegalidad”, el Equipo Nizkor, considera que deben analizarse las leyes franquistas y, por lo tanto, rechazamos expresamente el criterio de que son “ilegítimas” pero “legales”, en cuanto, como hemos dicho, es un criterio claramente reaccionario y que repugna a cualquier doctrina democrática en un estado de derecho. |
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Esp - Comunicado ante el "acuerdo de desbloqueo" de la ley de la memoria histórica. Radio Nizkor, 20abr07. |
"El mismo día que en Europa se decidió considerar delito la promoción o defensa de las ideas nacionalsocialistas, en España se hizo público, a través de la prensa, el "desbloqueo de la ley de la memoria". El acuerdo al que han llegado es en realidad una forma de promoción de la legalidad franquista y de sus consecuencias. Es evidente que los autores de esta nueva elaboración siguen siendo personas anónimas, pues nadie se hace responsable de las proposiciones conceptuales de filosofía del derecho que se supone soportan la técnica jurídica necesaria para que una ley sea concordante con el derecho interno, con el derecho internacional y con los principios de "ius cogens", todos ellos de obligado cumplimiento por las instituciones estatales. Esto incluye, como no puede ser de otra forma, las leyes aprobadas por el Parlamento... Es evidente que ninguno de los medios de prensa que ha informado reprodujo el texto de los acuerdos adoptados para el "desbloqueo de la ley de la memoria". Y no lo han hecho simplemente porque sus artículos tienen la finalidad, no de informar, sino de crear una imagen que induzca al apoyo incondicional de este "fabuloso acuerdo"... La fabulación se basa en la utilización de una manipulación lingüística y conceptual que no sería aceptable en un alumno de introducción a la filosofía del derecho, o a cualquier persona con sentido común. Se trata de que el imaginario popular crea que el término "ilegítimo" es sinónimo de "ilegal". Esto, además de ser una falsedad ideológica en el uso semántico de los términos lingüísticos, es un desprecio a la razón y a las asociaciones de víctimas en la medida que pretenden que tengamos que responder a una irracionalidad conceptual y no al fondo de la cuestión... Este acuerdo se basa en un acto elemental de mala fe al querer hacernos creer que si bien es ilegítimo, los actos del franquismo fueron legales y, por lo tanto, el Estado no tiene que asumir las consecuencias y reparar los daños. Pero además viola principios democráticos profundos al dejar abierta la puerta para que se pueda entender que existen golpes de estado "legítimos" frente a un sistema democrático..." |
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Esp - De la Vega asume la defensa del no reconocimiento de los derechos civiles de las víctimas del franquismo. Radio Nizkor, 08abr07. |
Según la agencia Europa Press, la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, tiene intención de retomar después de Semana Santa las negociaciones sobre el proyecto de ley de ampliación de derechos a víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura, con la idea de no abrir la ponencia parlamentaria hasta no lograr primero un cierto consenso básico con buena parte de las formaciones minoritarias. La conocida como Ley de Memoria entró en el Congreso en julio de 2006, si bien no pasó su primer debate parlamentario hasta el pasado 14 de diciembre, cuando el Pleno del Congreso rechazó tanto la devolución del proyecto que reclamaba el PP como los textos alternativos que proponían ERC e IU-ICV... La interpretación del portavoz del PSOE ante la Agencia Europa Press reconoce de hecho la negativa de ese partido a responder racionalmente a la argumentación de las asociaciones de víctimas y de derechos humanos, especialmente representadas en el informe del Equipo Nizkor. En realidad, lo que intenta el Gobierno es no tener que responder públicamente a dichos argumentos, tal cual hizo en el debate parlamentario la vicepresidenta del Gobierno, el 14dic06, en que, además de reconocer que la ley no pretendía ningún reconocimiento jurídico de las víctimas, no respondió a ninguno de los argumentos basados en el derecho internacional o en los principios generalmente aceptados sobre libertades civiles y que son normativos en la Unión Europea... Por estos motivos el presidente del Equipo Nizkor mostró su rechazo a la nueva norma, pues si se aplica será «demoledora para las libertades» «La ley de la Memoria Histórica es innecesaria cuando no va a tener aplicación penal». Así de claro se mostró Gregorio Díaz Dionis, presidente del Equipo Nizkor, durante la conferencia que ofreció en Gijón, organizada por la Mesa de Diálogo por la Recuperación de la Memoria Histórica Frente Norte... Gregorio Dionis destacó que la negativa del Estado español a reconocer los derechos civiles de las víctimas del franquismo es claramente violatoria de la normativa sobre derechos humanos aplicable en la UE y es inaceptable desde cualquier punto de vista democrático que se pretenda desconocer que la Guerra Civil española fue el primer capítulo de la Gran Guerra Civil europea que fue la II Guerra Mundial. El Gobierno español no tiene ningún argumento jurídico aceptable en derecho para segregar a las víctimas del franquismo del sistema de normatividad penal, es más, si consolida su posición segregacionista se produciría una clara excepción normativa dejando sin derechos civiles y jurídicos a una parte de la población del Estado español que fue, y continúa siendo, víctima de los crímenes franquistas. No sólo estaría negando el derecho a la justicia, sino también la igualdad ante la ley. El formato Real Media de este fichero, permite visualizar documentos de análisis contextual sincronizadamente con el audio. Esto es posible con el programa Real One Player. Más Información. |
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teresa3 | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:14:02 | ESL/SPA |
El 14dic06 se celebró en el Congreso de los Diputados el debate de totalidad de iniciativas legislativas sobre el Proyecto de ley por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura. Este debate dio comienzo con la intervención de la Vicepresidenta 1ª y Ministra de la Presidenta, Mª Teresa Fdez. de la Vega, presentando en nombre del Gobierno el mencionado proyecto, que afecta a las víctimas del franquismo. En el transcurso del mismo defendieron sus respectivas enmiendas a la totalidad al texto del Gobierno los Grupos Parlamentarios del Partido Popular, Esquerra Republicana de Catalunya e Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds. En la votación que siguió al turno de réplica del Gobierno y la fijación de posiciones de los distintos grupos parlamentarios, fueron rechazadas las tres enmiendas a la totalidad planteadas. Es la primera vez desde que se inició la democracia con la Constitución de 1978, que llega al seno del Congreso de los Diputados lo que hemos dado en llamar la "cuestión de la impunidad en España". Este hecho permite conocer en términos parlamentarios lo que cada partido político piensa y opina. De ahora en más, estos documentos no podrán ser desconocidos ni ocultados, como ocurrió hasta la fecha. Las posiciones más cercanas al derecho internacional de los derechos humanos fueron rechazadas en la votación, y, de este modo, devino posible la continuidad de la tramitación parlamentaria del proyecto de ley de impunidad de los crímenes franquistas, que significa la negación de los derechos civiles a las víctimas del franquismo. Para reproducir los ficheros no tienen más que hacer click sobre el icono del formato audio que deseen ejecutar, Real Media o Mp3. |
Esp - Mediante una carta personalizada se pide a los Diputados que no apoyen el "Proyecto de Ley de la Memoria" del Gobierno. Radio Nizkor, 11dic06. |
El pasado 15nov06 el Equipo Nizkor envió desde su sede en Bélgica una carta personalizada a cada uno de los diputados integrantes de los grupos parlamentarios siguientes: G.P. Socialista, G.P. Catalán (Convergencia i Unió), G.P. de Esquerra Republicana, G.P. Vasco, G.P. de Izquierda Unida - Iniciativa per Catalunya Verds, G.P. de Coalición Canaria - Nueva Canarias y G.P. Mixto. Esta carta hace parte de la campaña internacional iniciada por el Equipo Nizkor el 14abr04 bajo el lema "La cuestión de la impunidad en España y los crímenes franquistas", título de un documento que ha tenido el apoyo de la práctica totalidad de asociaciones de víctimas y de derechos humanos especializadas en la cuestión de víctimas del franquismo. Ante la confirmación en la agenda parlamentaria del tratamiento el día 14dic06 de las enmiendas a la totalidad al proyecto de ley sobre la memoria presentada por el Gobierno, la carta adquiere toda su vigencia. Sendas enmiendas a la totalidad fueron presentadas por los Grupos Parlamentarios de Esquerra Republicana de Catalunya, el día 8sep06, e Izquierda Unida - Iniciativa per Catalunya Verds, el pasado 05dic06. En la misiva, se pide a los Diputados/as de los grupos mencionados, que puesto que el voto parlamentario en España está relacionado con la postura de los grupos parlamentarios y se suele votar en bloque, soliciten a su respectivo grupo la libertad de voto y rechacen el proyecto de ley presentado por el Gobierno. Por ello, las organizaciones que suscriben recuerdan a los Sres. Diputados la ilegalidad e inmoralidad de sancionar una propuesta que vulnera el derecho internacional de obligado respeto y aplicación en el Estado español, con el consiguiente peligro que una votación a favor tendría en el sentido de dejar a las "víctimas del franquismo" fuera de la protección jurídica del estado de derecho. Junto con el texto de la Carta, se proporcionó a los Sres y Sras. Diputados/as una serie de referencias documentales disponibles online y relacionadas con esta cuestión. Estos documentos permiten conocer las reivindicaciones de la mayoría de las asociaciones de víctimas del franquismo y la fundamentación en derecho de las mismas, todo ello desde la perspectiva del respeto y aplicación del derecho internacional de derechos humanos. |
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Esp - Programa especial de Radio Sí (Bruselas) sobre la cuestión de las víctimas del franquismo. Coproducción Radio Sí y Radio Nizkor, 30sep06. |
Este documento audio corresponde a la grabación del programa sobre la cuestión de las víctimas del franquismo que la emisora de Bruselas Radio Sí emitió al aire el pasado 23sep06, en su espacio "De Par en Par". Gregorio Dionis, Director del Equipo Nizkor, fue invitado marco en dicho programa. Durante el mismo se entrevistó también al único sobreviviente español del campo de Mauthausen que hoy vive en Bélgica. Gregorio Dionis expone los puntos contenidos en el "Plan de Acción" del Informe "La cuestión de la impunidad en España y los crímenes franquistas" para, de esta manera, explicar a la audiencia las cuestiones pendientes en lo que hace al tratamiento de las víctimas del franquismo y lo que vienen solicitando la inmensa mayoría de las organizaciones que trabajan este tema en España. Gregorio Dionis analiza también la actuación del Gobierno español desde abril de 2004, fecha en que se publicó el informe mencionado, hasta el lanzamiento público del proyecto de ley que el Gobienro aprobó el pasado 28jul06, exponiendo los detalles de lo que puede definirse como una actuación de mala fe por parte del Gobierno... Este documento proporciona la información necesaria para conocer el estado de la cuestión y para entender el debate de fondo en lo que tiene que ver con las víctimas del franquismo y el modelo español de impunidad. |
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Esp - Declaración "Entre la cobardía moral y la ilegalidad", a tenor del proyecto de ley que afecta a las víctimas del franquismo. Radio Nizkor, 01sep06. |
Ante el anuncio por parte del Gobierno español de un proyecto de ley que tiene relación con las víctimas del franquismo y que fue hecho público el pasado 28 de julio de 2006, el Equipo Nizkor preparó una declaración a la que se han adherido la práctica totalidad de la asociaciones relacionadas con este tema. La declaración lleva el título de "Entre la cobardía moral y la ilegalidad", y su texto está disponible en la página especializada sobre Impunidad en España y crímenes franquistas en el sitio documental del Equipo Nizkor. En ella se afirma que el informe presentado por el Gobierno fruto del trabajo de lo que, abreviadamente, se conoce como "Comisión interministerial" y su adjunto "Proyecto de Ley por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la dictadura", son concordantes, desde el punto de vista parlamentario, con la proposición "no de ley" presentada por el Diputado Ramón Jáuregui Atondo en junio de 2004. El Pleno del Congreso aprobó una proposición no de ley --con el respaldo de todos los grupos, salvo el PP, que se abstuvo-- que instaba al Gobierno a tres cosas que son a las que ha dado cumplimiento el Ejecutivo: 1) Realización de un estudio general sobre los derechos morales reconocidos por la legislación estatal y autonómica a las víctimas de la guerra civil y a los represaliados; 2) Preparación de una Ley para compensar hechos causados entre el 1 de enero de 1968 y el 6 de octubre de 1977, y 3) Asignación de medios humanos y materiales para facilitar el acceso a los archivos de cara a la solicitud de las ayudas a que se refiere el punto anterior... Ante esta situación, las asociaciones que presentan esta declaración, afirman básicamente que sigue sin existir una "Ley de víctimas del franquismo", y que el proyecto de ley remitido por el Consejo de Ministros a las Cortes Generales, tiene una manifiesta voluntad de servir de defensa de la legalidad originada en el régimen franquista, iguala a víctimas y verdugos en un acto perverso e inmoral que reviste la característica de un burdo negacionismo de la verdad histórica y plantea que la actual democracia tiene su límite en la legalidad formal de aquel régimen... El Proyecto de Ley no hace ningún reconocimiento jurídico de la víctimas del franquismo y es profundamente inmoral. Con el cumplimiento de la proposición no de ley realizada por el diputado Ramón Jáuregui Atondo, el Gobierno no hace más que satisfacer sus obligaciones para con el Congreso; plantea en cambio una manifiesta mala fe en la relación con las demandas de las asociaciones... El formato Real Media de este fichero, permite visualizar documentos de análisis contextual sincronizadamente con el audio. Esto es posible con el programa Real One Player. Más Información. |
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Esp - El 1º de septiembre se hará pública la declaración "Entre la cobardía moral y la ilegalidad". Radio Nizkor, 24ago06. |
Ante el anuncio por parte del Gobierno español de un proyecto de ley que tiene relación con las víctimas del franquismo y que fue hecho público el pasado 28 de julio de 2006, el Equipo Nizkor preparó una declaración a la que han adherido la práctica totalidad de la asociaciones relacionadas con esta cuestión. La declaración lleva el título de "Entre la cobardía moral y la ilegalidad", y estará disponible en la página especializada sobre Impunidad en España y crímenes franquistas en el sitio documental del Equipo Nizkor. El documento es un pormenorizado análisis de la actuación del Gobierno español desde abril de 2004 hasta el lanzamiento público del proyecto de ley y en él se analiza especialmente lo que se define como una actuación de mala fe por parte del Gobierno. El proyecto de Ley fue hecho público el 28 de julio de 2006 con la evidente finalidad de que los efectos de su publicación se produjeran durante el mes de agosto, punto máximo de las vacaciones estivales en España. Es por eso que la declaración se hará pública en su texto completo el 1 de septiembre de 2006. |
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Esp - El modelo de impunidad español y las víctimas del franquismo. (Por Gregorio Dionis, Director del Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 25jul06. |
Los días 19 y 20 de mayo de 2005 se celebraron en la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad Complutense de Madrid unas jornadas bajo el título: "Movimientos Sociales por la Memoria en España: Trayectorias, Balances y Perspectivas", las cuales se organizaron desde la entonces recién creada cátedra "Memoria Histórica del Siglo XX" de dicha Facultad. Este documento audio corresponde a un extracto de la ponencia marco de Gregorio Dionis, Director del Equipo Nizkor, pronunciada el 19 de mayo de 2005 en este foro académico. La grabación digital de la misma in situ fue realizada en su día por Radio Nizkor, y, para su puesta online, hemos procedido a extractar el original, adecuándolo a la producción standard de Radio Nizkor. Esta ponencia explica detalladamente lo que desde el Equipo Nizkor se ha dado en llamar "el modelo español de impunidad", a partir de los hechos y su análisis desde el derecho internacional y la situación de las víctimas. Gregorio Dionis contextualiza y sistematiza las cuestiones pendientes respecto de las víctimas del franquismo en los diversos ámbitos que afectan a las mismas: la anulación de los juicios sumarísimos y sus sentencias, los archivos de la represión y el acceso a éstos, la devolución de la nacionalidad española a quienes combatieron el nacional socialismo desde las filas de la resistencia, el estatus jurídico de los niños de la guerra, las fosas de la represión y su tratamiento jurídico, los campos de trabajo forzoso, la incautación y el expolio de bienes, el acceso a la justicia de víctimas y familiares y la necesidad de representación jurídica de los ausentes, a interponer recursos y obtener reparaciones... Esperamos que esta ponencia, que analiza el estado de la cuestión desde la óptica del derecho internacional y en función de los derechos de las víctimas, contribuya a la "aprehensión" del problema y sirva para explicar sus consecuencias tanto en España como en numerosos países de América Latina. |
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Esp - Comentario sobre el conflicto entre las familias de las víctimas de Mauthausen y el Gobierno español. Radio Nizkor, 25jul06. |
Este documento audio contiene la intervención de Silvia Dinhof-Cueto, Presidenta de la Asociación de Familiares de Deportados Españoles en Mauthausen residentes en Austria, en la Mesa redonda sobre la deportados españoles en los campos de concentración nazis, actividad organizada el 11 de mayo de 2006 por el Ateno Obrero de Gijón. La versión original fue grabada magnetofónicamente por los organizadores, y después ha sido editada, producida y postproducida por Radio Nizkor. Consideramos importante dar a conocer la actitud y actuación del Estado español y los sucesivos Gobiernos de la etapa democrática respecto de las víctimas republicanas españolas de Mauthausen y sus familiares, y especialmente respecto de los residentes en Austria. Los incidentes ocurridos durante la primera visita de un presidente del Gobierno español a este campo de concentración nacionalsocialista son explicados en esta breve intervención de Silvia Dinhof-Cueto. |
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Esp - Intervención de Ana Viéitez en las jornadas "Movimientos Sociales por la Memoria en España". Radio Nizkor, 26jul06. |
Los días 19 y 20 de mayo de 2005 se celebraron en la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad Complutense de Madrid unas jornadas bajo el título: "Movimientos Sociales por la Memoria en España: Trayectorias, Balances y Perspectivas", las cuales se organizaron desde la cátedra "Memoria Histórica del Siglo XX" de dicha Facultad. Este documento audio corresponde a la ponencia de Ana Viéitez Gómez, Presidenta de la Asociación de Familiares y Amigos de Represaliados de la II República por el Franquismo (AfarIIREP), en dichas jornadas, intervención que tuvo lugar el 19 de mayo de 2005. Ana Viéitez esboza lo que fue la represión contra los docentes y hace hincapié en el problema de la falta de información hacia el público acerca de los hechos de la represión, existiendo una gran ignorancia ante la magnitud de los crímenes cometidos en España. Expone también el problema del acceso a los archivos, concretamente los relativos a los Consejos de Guerra, y el lamentable estado en que se encuentran. Asimismo, llama la atención sobre el problema del trauma en las víctimas y sus familiares... La grabación digital de este ponencia fue realizada por Radio Nizkor durante el desarrollo de las jornadas. |
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Esp - Intervención de Dolores Cabra en las jornadas "Movimientos Sociales por la Memoria en España". Radio Nizkor, 26jul06. |
Los días 19 y 20 de mayo de 2005 se celebraron en la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad Complutense de Madrid unas jornadas bajo el título: "Movimientos Sociales por la Memoria en España: Trayectorias, Balances y Perspectivas", las cuales se organizaron desde la cátedra "Memoria Histórica del Siglo XX" de dicha Facultad. Este documento audio corresponde a la ponencia de Dolores Cabra, Secretaria General de la Asociación para la Creación del Archivo de la Guerra Civil, las Brigadas Internacionales, los Niños de la Guerra, la Resistencia y el Exilio Español, AGE (Archivo Guerra y Exilio), en dichas jornadas, intervención que tuvo lugar el 19 de mayo de 2005. Dolores Cabra expone las trabas encontradas permanentemente por AGE de cara a hacer entender y cumplir a las instituciones públicas sus obligaciones respecto de los colectivos cuyos derechos defiende la asociación, como son los Niños de la Guerra, siendo el problema principal la falta de reconocimiento jurídico de los mismos. De igual modo, expone la problemática de los guerrilleros antifascistas, que no disfrutan del mismo tratamiento conferido a quienes lucharon contra el fascismo en otros países europeos, no pudiendo éstos incluso acceder a sus propios expedientes. Por último, Dolores hace referencia al trabajo de AGE de recopilación de diversos archivos, incluídos los existentes en terceros países. La grabación digital de este ponencia fue realizada por Radio Nizkor durante el desarrollo de las jornadas. |
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Esp - Intervención de Fermín Sánchez en las jornadas "Movimientos Sociales por la Memoria en España". Radio Nizkor, 26jul06. |
Los días 19 y 20 de mayo de 2005 se celebraron en la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad Complutense de Madrid unas jornadas bajo el título: "Movimientos Sociales por la Memoria en España: Trayectorias, Balances y Perspectivas", las cuales se organizaron desde la cátedra "Memoria Histórica del Siglo XX" de dicha Facultad. Este documento audio corresponde a la intervención de Fermín Sánchez Martín, Secretario de la Asociación Salamanca por la Memoria y la Justicia, en dichas jornadas, intervención que tuvo lugar el 19 de mayo de 2005 y en la que expone la finalidad y las actividades de la asociación. Fermín Sánchez hace hincapié en la importancia de analizar la represión franquista desde la vertiente de los derechos humanos y el derecho interncional, para de este modo llegar a la conclusión de que se está negando a las víctimas el derecho a la verdad, la justicia y la reparación. La grabación digital de este ponencia fue realizada por Radio Nizkor durante el desarrollo de las jornadas. |
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salamanca1 | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:12:53 | ESL/SPA |
Esp - Intervención del representante de la Asociación de Descendientes del Exilio Español en las jornadas "Movimientos Sociales por la Memoria en España". Radio Nizkor, 26jul06. |
Los días 19 y 20 de mayo de 2005 se celebraron en la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad Complutense de Madrid unas jornadas bajo el título: "Movimientos Sociales por la Memoria en España: Trayectorias, Balances y Perspectivas", las cuales se organizaron desde la cátedra "Memoria Histórica del Siglo XX" de dicha Facultad. Este documento audio corresponde a la intervención del representante de la Asociación de Descendientes del Exilio Español, en dichas jornadas, intervención que tuvo lugar el 19 de mayo de 2005, y en la que expone la finalidad y las actividades de la asociación. La grabación digital de este ponencia fue realizada por Radio Nizkor durante el desarrollo de las jornadas. |
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exilio2 | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:20:07 | ESL/SPA |
Esp - Intervención del representante de la Associació d'Expressos Politics de Catalunya en las jornadas "Movimientos Sociales por la Memoria en España". Radio Nizkor, 26jul06. |
Los días 19 y 20 de mayo de 2005 se celebraron en la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad Complutense de Madrid unas jornadas bajo el título: "Movimientos Sociales por la Memoria en España: Trayectorias, Balances y Perspectivas", las cuales se organizaron desde la cátedra "Memoria Histórica del Siglo XX" de dicha Facultad. Este documento audio corresponde a la intervención del representante de la Associació d'Expressos Politics de Catalunya, en dichas jornadas, intervención que tuvo lugar el 19 de mayo de 2005, y en la que expone la finalidad y las actividades de la asociación. La grabación digital de este ponencia fue realizada por Radio Nizkor durante el desarrollo de las jornadas. |
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expresos | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:17:17 | ESL/SPA |
Esp - Intervención de Cecilio Gordillo en las jornadas "Movimientos Sociales por la Memoria en España". Radio Nizkor, 26jul06. |
Los días 19 y 20 de mayo de 2005 se celebraron en la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad Complutense de Madrid unas jornadas bajo el título: "Movimientos Sociales por la Memoria en España: Trayectorias, Balances y Perspectivas", las cuales se organizaron desde la cátedra "Memoria Histórica del Siglo XX" de dicha Facultad. Este documento audio corresponde a la intervención del representante de Canal de los Presos-CGT, en dichas jornadas, intervención que tuvo lugar el 19 de mayo de 2005. La grabación digital de este ponencia fue realizada por Radio Nizkor durante el desarrollo de las jornadas. |
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gordillo | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:07:58 | ESL/SPA |
Esp - Intervención del representante del Foro por la Memoria en las jornadas "Movimientos Sociales por la Memoria en España". Radio Nizkor, 26jul06. |
Los días 19 y 20 de mayo de 2005 se celebraron en la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad Complutense de Madrid unas jornadas bajo el título: "Movimientos Sociales por la Memoria en España: Trayectorias, Balances y Perspectivas", las cuales se organizaron desde la cátedra "Memoria Histórica del Siglo XX" de dicha Facultad. Este documento audio corresponde a la intervención del representante del Foro por la Memoria, en dichas jornadas, intervención que tuvo lugar el 19 de mayo de 2005, y en la que expone la finalidad y las actividades de la asociación. La grabación digital de este ponencia fue realizada por Radio Nizkor durante el desarrollo de las jornadas. |
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foro | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:23:49 | ESL/SPA |
Esp - Declaración sobre la renuncia por parte del Estado al deber de investigar judicialmente los crímenes graves. Radio Nizkor, 02abr06. |
Dichas bases en su artículo cinco establecen: "Se consideran proyectos subvencionables los
siguientes, que se especificarán detalladamente en la correspondiente o correspondientes
convocatorias: La investigación, exhumación e identificación de las personas desaparecidas
violentamente durante la guerra civil o durante la represión política posterior y cuyo paradero se
ignore, a cargo de los particulares o agrupaciones de particulares que ostenten interés legítimo."
Consideramos que estos aspectos concretos son parte de la responsabilidad jurídica del Estado
y no pueden ser delegados o subcontratados a particulares o agrupaciones de particulares sin
violar la legalidad vigente y las normas europeas e internacionales que hacen a:
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orden | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:07:58 | ESL/SPA |
Esp - Declaración rechazando las opiniones públicas del diputado Ramón Jáuregui. Radio Nizkor, 02abr06. |
El diputado Ramón Jáuregui ha sido designado en dos oportunidades por el Grupo Parlamentario Socialista
para mantener sendas reuniones con relación a la cuestión de los crímenes franquistas y,
especialmente, al documento "La cuestión de la impunidad en España y los crímenes
franquistas", elaborado por el Equipo Nizkor.
Estos dos elementos causales son la condición necesaria para que hayamos decidido dar una
respuesta pública al texto mencionado que, a nuestro entender, es una muestra de mala fe en su
relación con las asociaciones firmantes..."
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jauregui | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:08:25 | ESL/SPA |
Esp - Intervención del Diputado Joan Tardá presentando la ley sobre víctimas del franquismo. Radio Nizkor, 20mar06. |
El progreso económico, político y cultural alcanzado por nuestra sociedad, y el objetivo
de garantizar un futuro pleno de libertades y de fraternidades entre la ciudadanía de las
distintas naciones y pueblos, deberían haber impedido que el Estado español continuara
siendo una excepción en Europa, que continuara representando, en definitiva, una
lamentable y peligrosa excentricidad producto de tanta dejación para con la Memoria
Antifascista.
Vaya por delante que, con nuestra PL no pretendemos una simple revisión del pasado
histórico. Al contrario, queremos que se evidencie legislativamente una firme voluntad de
mayor progreso y mayor cultura democrática. Todo ello a la manera europea; es decir,
previa condena del fascismo, verdadera plaga en el pasado europeo; previa asumción por
parte del Estado y de sus máximos dirigentes de la solicitud de perdón a las víctimas del
totalitarismo, a la Humanidad; previo compromiso de fundamentar los valores de la
convivencia presente y futura en la radicalidad democrática, tal como se llevó a cabo en el
Estado alemán cuando, a la par, se supultó no sólo el nazismo, sino también aquellos
valores totalitarios, belicistas unitaristas inherentes al prusianismo..."
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tarda | Haz click aquí | No disponible | 00:15:50 | ESL/SPA |
Esp - Declaración sobre las proposiciones de leyes contra la impunidad en España y los crímenes franquistas. Radio Nizkor, 16dic05. |
No se ha conseguido, sin embargo, sensibilizar a los partidos políticos con representación parlamentaria, los
cuales han permanecido en vergonzoso silencio ante la envergadura de los problemas pendientes de resolución y que
sólo mediante una legislación concordante con el derecho internacional de derechos humanos, el derecho interno
europeo y la propia constitución española puede tener solución. Y decimos vergonzoso silencio porque la
única voz posible de los grupos parlamentarios son las iniciativas legislativas concretas, y no las declaraciones
formales vacías de contenido a que nos tienen acostumbrados.
Ninguna de las instancias parlamentarias con las que se ha mantenido contacto directo - y que son básicamente la
Comisión Constitucional y de Justicia han promovido propuestas legislativas formales que dén solución a
los problemas pendientes y que fueron expuestos en el "Plan de acción&" incluido en el mencionado informe...
También tomamos conocimiento de la presentación, el pasado 21 de noviembre de 2005, de dos proposiciones de
ley por parte del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana y del Grupo Parlamentario de Izquierda Verde - Izquierda Unida -
Iniciativa Per Catalunya Verds. Ambas han
merecido nuestro análisis..."
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erley | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:11:03 | ESL/SPA |
Esp - Comunicado sobre el homenaje de estado al General Cárdenas, Presidente de México que acogió a los republicanos españoles. Radio Nizkor, 07oct05. |
Entre otras cuestiones, los firmantes recuerdan que, "al día de hoy, a casi treinta años de la muerte del
dictador Franco, aún no han sido reconocidos los derechos de nacionalidad a los exilados y a sus descendientes y lo que
es más grave, existen familias del exilio, en algunos casos de dirigentes socialistas y republicanos fusilados por
Franco, en México, Argentina o Chile, que pasan apuros de todo tipo, por la irracionalidad de nuestra burocracia y
nuestras leyes, que siguen sin reconocer la condición de víctima a los exilados".
Los firmantes lamentan que este homenaje no tenga un carácter abierto y participativo, divulgativo de la labor de
acogida que llevó a cabo el Estado mexicano y destacan también el hecho de que los actos del homenaje sean, en
el plano académico, de gran pobreza de contenidos y con una participación mínima de los expertos en el
tema...
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cardenas | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:08:37 | ESL/SPA |
Esp - Entrevista documental sobre el campo de Mauthausen. Radio Nizkor, 19jul05. |
Esta entrevista documental a Juan Gallego, de la Asociación Memoria Viva, tiene por finalidad socializar una serie de hechos relativos al campo de exterminio de Mauthausen. Este campo tiene una importancia especial ya que se trata del campo en el que más víctimas españolas hubo. Mauthausen fue el campo al cual los nacionalsocialistas enviaron la mayor parte de los resistentes de distintos países, categoría en la que se incluyó a los republicanos españoles, considerados apátridas por el régimen franquista. |
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mauth | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:59:37 | ESL/SPA |
Esp - Entrevista a Juan Gallego, de la Asociación Memoria Viva. Radio Nizkor, 27jun05. |
Juan nos habla de cómo surge esta asociación, así como de sus áreas de trabajo, especialmente
del
fondo documental sobre esta cuestión.
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mv | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:15:10 | ESL/SPA |
Esp - Reportaje sobre la conferencia de prensa en apoyo al reconocimiento jurídico de los ex guerrilleros antifascistas. Radio Nizkor, 23may05. |
De ambos eventos nos habla Dolores Cabra, Secretaria General de la asociación Archivo Guerra y Exilio (AGE),
quien nos expone además la problemática a la que este colectivo viene haciendo frente desde hace años.
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guerrilleros | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:12:37 | ESL/SPA |
Esp - El Parlamento español aprueba una ley sobre los niños de la guerra que evita reconocerles como víctimas. Radio Nizkor, 24feb05. |
Acerca de la misma, Radio Nizkor ha entrevistado a Ana Viéitez y Ana María Prados, ambas
de AfarIIREP (Asociación de Familiares y Amigos de Represaliados de la II República por el
Franquismo). Ellas nos hablan del contenido de la Ley, del debate parlamentario sobre la misma,
así como de las reivindicaciones que varias asociaciones vienen realizando en torno a la
cuestión de los Niños de la Guerra.
Finalmente, Gregorio Dionis, Director del Equipo Nizkor, a partir del comunicado conjunto de 07feb05 de
varias organizaciones de víctimas y derechos humanos, expone el problema de la falta de
reconocimiento jurídico de la condición de refugiado, por parte del Estado español,
del colectivo de Niños de la Guerra.
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ley | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:14:12 | ESL/SPA |
Esp/Onu - Piden la mediación de buena voluntad del Secretario General de la ONU, Kofi Annan, con relación a las víctimas españolas de la II GM. Radio Nizkor, 24ene05. |
Las asociaciones decidieron enviar esta carta a Kofi Annam y a los embajadores de los países
que promovieron la realización por parte de la Asamblea General, el 24 de enero de 2005, de un
homenaje conmemorativo del término de la II Guerra Mundial y, más concretamente, de la
liberación de los campos de exterminio nazis, donde fueron asesinados cerca de 20.000 españoles.
El Estado español no ha reconocido nunca a las víctimas y ni siquiera ha aceptado
realizar una conmemoración de la liberación del campo de Mauthausen, acaecida los primeros
días de mayo de 1945...
Las organizaciones que suscriben la misiva informan al Secretario General de la ONU de que "ninguno de
los Gobiernos, hasta la fecha, ha utilizado las numerosas normas que el Sistema de Naciones Unidas ha
elaborado para la solución de este tipo de cuestiones y, actualmente, sabemos que no existe la
voluntad política de hacer frente a los mismos"...
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kofi | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:13:34 | ESL/SPA |
Esp - Duras críticas al informe sobre los papeles de Salamanca en un seminario sobre "Archivos e Impunidad". Radio Nizkor, 06ene05. |
El Seminario consideró positiva la aceptación de la necesidad de devolver a la
Generalitat de Catalunya los documentos reclamados y que se refieren, concretamente, a los fondos
documentales de la Generalitat de Catalunya anteriores a 1939...
La crítica viene dada por la parte del informe relacionada con los aspectos jurídicos,
ya que, no se entiende que una comisión de expertos en achivística incluya en su informe
aspectos generales de tipo jurídico que afectan, no a la devolución de material a la
Generalitat de Catalunya, sino que pretende ser un "punto final" sobre la discusión de los
archivos, e incluso sobre la legalidad de las leyes franquistas...
No procede llevar esta discusión al terreno del derecho civil ordinario por dos razones
básicas: porque las obligaciones del Estado frente a la víctimas no son renunciables y
porque los crímenes contra la humanidad no prescriben y, por lo tanto, las consecuencias de ellos
tampoco...
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juncos | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:08:54 | ESL/SPA |
Esp - Entrevista a Orosia Castán, responsable de la Comisión de Documentación de la ARMH de Valladolid, sobre la impunidad en Castilla-León. Radio Nizkor, 25nov04 |
Orosia Castán Lanaspa es responsable de la Comisión de Documentación de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica de Valladolid.
Orosia nos habla acerca de la creación y finalidad de la ARMH de Valladolid; nos da una visión general de la represión en la provincia de Valladolid después del Golpe de Estado de 1936; detalla algunos casos de manipulación de documentos públicos, así como del esquema del saqueo y la expoliación de bienes, y finaliza con una opinión sobre la Comisión Interministerial para el estudio de la situación de las víctimas de la guerra civil y del franquismo.
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orosia | Haz click aquí | Haz click aquí | 01:02:34 | ESL/SPA |
Ante este hecho, el Equipo Nizkor ha procedido a dar respuesta a la misiva de la Vicepresidenta del Gobierno, y Presidenta de la mencionada comisión, María Teresa Fernández de la Vega Sanz.
El conjunto de organizaciones que presentaron y adhirieron al documento "La cuestión de la impunidad en España y los crímenes franquistas", acordaron en una reunión celebrada el 9 de octubre de 2004 en Madrid, mantener dicho documento como una posición previa a las demás cuestiones pendientes, dado que se interpretó unánimemente que sin el reconocimiento jurídico de los derechos de las víctimas, no es posible la recuperación de la memoria que se pretende... "
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civf1 | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:15:14 | ESL/SPA |
Esp - Inician una campaña en favor de la nacionalidad española de los descendientes del exilio español. (Asociación Descendientes del Exilio Español). Radio Nizkor, 25oct04 |
No puede ni debe aceptarse la aplicación de la regulación y las normas de los
Códigos civiles vigentes desde 1939 hasta 1977 a quienes fueron excluidos y perseguidos por esas
mismas autoridades franquistas en lo relativo a la conservación y pérdida de la
nacionalidad española. Seguir exigiendo hoy a los refugiados y a sus descendientes que, en
aquellos años, se hubieran inscrito en los consulados o representaciones oficiosas del Estado
español nos parece una obligación imposible debido a sus profundas convicciones
democráticas.
Solicitamos, por tanto, que la Comisión Interministerial proponga que se modifique el
Código Civil en materia de nacionalidad, y que se declare que quienes adquirieron otra
nacionalidad, obligados por circunstancias extraordinarias o atípicas, no perdieron
voluntariamente la española..."
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exilio | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:13:49 | ESL/SPA |
Esp - Entrevista a Ana Viéitez, de AfarIIREP, sobre la Comisión de Homenaje a nueve asesinados el 16 de octubre de 1936 en Baiona, Galicia. Radio Nizkor, 20oct04 |
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baiona | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:12:37 | ESL/SPA |
Esp - El Ministro de Defensa traslada el discurso de la reconciliación y de los derechos de las víctimas a un acto castrense. Radio Nizkor, 18oct04 |
El Ministro José Bono y el Gobierno han trasladado a la esfera militar el discurso de la reconciliación y de la recuperación de la memoria de las víctimas, tanto de la guerra civil como de los españoles que han muerto en el exilio, luchando en la II Guerra Mundial o en los campos de exterminio nacionalsocialistas o los que han sufrido el largo exterminio franquista y sus consecuencias sociales; con esto han incurrido en un acto de gran miseria moral, de una falta de ética que no tiene parangón y que, además, significa un escarnio para las víctimas y una suerte de intento de intimidación al renaciente discurso de las libertades civiles que el reconocimiento de las víctimas significa en todo país libre."
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bono2 | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:11:36 | ESL/SPA |
Esp - Rechazan la conducta del Ministro de Defensa, José Bono, ante el desfile del 12oct04. Radio Nizkor, 12oct04 |
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bono | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:08:13 | ESL/SPA |
Dicha Comisión tiene como cometido fundamental el de "elaborar un informe sobre los derechos reconocidos hasta la fecha a las personas que, por su compromiso con la democracia, fueron objeto de actuaciones represivas desde el inicio de la Guerra Civil hasta la plena restauración de las libertades. Sobre la base de dicho informe se articulará un Anteproyecto de Ley en el que se regularán las medidas que resulten precisas para lograr la completa rehabilitación moral y jurídica de los afectados.
Ante ello, las organizaciones mencionadas:
Pero para ello es necesario que el Estado Gobierno español cree las condiciones para
que el derecho a la justicia, el derecho a la verdad, el derecho a saber y el derecho a
la reparación se conviertan en verdades jurídicas acordes con el derecho internacional de derechos humanos y con las obligaciones jurídicas internacionales adquiridas por el Estado...
Esperamos además que el Estado que representamos todos sea capaz de pedir
perdón a las víctimas europeas producto de la colaboración con las Potencias del Eje, como ya hicieran los alemanes encabezados por el canciller Willy Brandt...; la naturaleza de este tipo de actos ha llevado también a hacer lo mismo a representantes de la ultra-derecha italiana, como Gianfranco Fini, antiguo dirigente del Movimiento Social Italiano y de Democracia Nacional."
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civf | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:07:27 | ESL/SPA |
Esp - Entrevista a Dolores Cabra, Secretaria General de AGE (Archivo Guerra y Exilio) sobre la cuestión de la impunidad en España y el derecho a saber. Radio Nizkor, 25jul04 |
Dolores Cabra es Secretaria General de la Asociación para la Creación del Archivo de la
Guerra Civil, las Brigadas Internacionales, los Niños de la Guerra, la Resistencia y el Exilio
Español, conocida por sus siglas AGE (Archivo Guerra y Exilio).
Dolores nos explica al ámbito de actividad de cada una de las organizaciones que integran AGE,
hace un diagnóstico de los escollos que encuentra la asociación en su trabajo y expone la
problemática en torno a los archivos militares de la represión.
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age | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:32:57 | ESL/SPA |
Chl - Entrevista a Laura González Vera sobre el caso del asesinato de su esposo, el Diplomático español Carmelo Soria, a manos de la DINA chilena. Radio Nizkor, 24jul04 |
Radio Nizkor entrevista a Laura González Vera, esposa y compañera de Carmelo Soria.
La entrevista está precedida de una introducción del Equipo Nizkor, en la que
se extractan los aspectos más importantes del Informe Núm. 133/99 de la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos sobre el Caso Soria. Esta introducción finaliza en el minuto 13.
La entrevista a Laura Glez. comienza en el minuto 13. En ella Laura reconstruye la secuencia del caso,
desde la llegada de Carmelo Soria a Chile como exiliado a causa del régimen franquista, su
asesinato en 1976, el continuo hostigamiento a la familia en Chile, y los avatares judiciales y
personales del caso desde esa fecha hasta la actualidad.
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soria | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:42:42 | ESL/SPA |
Esp - Entrevista a Ana Viéitez, de AFAR II República, sobre la nulidad de los juicios sumarísimos del franquismo. Radio Nizkor, 03jun04. |
En el marco de la campaña sobre "La cuestión de la impunidad en España y los crímenes franquistas", Radio Nizkor entrevistará a varias organizaciones que trabajan diversos aspectos de este tema en España. Ana Viéitez, presidenta de la Asociación de Familiares y Amigos de Represaliados de la II República por el Franquismo, nos habla de la incongruencia de los planteamientos que algunos parlamentarios sostuvieron en el Pleno del Congreso del pasado 01jun04 en torno a la memoria histórica. AFAR II República ha emitido un comunicado de rechazo a los mismos, principalmente a la negativa del diputado del partido en el Gobierno (PSOE), Sr. Jáuregui, respecto de la posibilidad de anulación de los juicios sumarísimos de la dictadura franquista. Esta postura es opuesta a la defendida por el mismo partido el 10sep03, cuando solicitó al Parlamento la anulación de dichos juicios. El formato Real Media de este fichero, permite visualizar documentos de análisis contextual sincronizadamente con el audio. Esto es posible con el programa Real One Player. Más Información. |
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Esp - Piden la nulidad de los Consejos de Guerra franquistas. (Asociación de Familiares y Amigos de Represaliados de la II República por el Franquismo). Radio Nizkor, 27may04 |
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Esp - Reiteran la necesidad de solucionar los problemas de nacionalidad de los descendientes del exilio español. (Asociación de Descendientes del Exilio Español). Radio Nizkor, 27may04 |
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exilio1 | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:06:56 | ESL/SPA |
Esp - Varias organizaciones lanzan el documento: "La cuestión de la impunidad en España y los crímenes franquistas". (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 14may04 |
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esp1 | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:11:56 | ESL/SPA |
Esp - Presentan el "Plan de Acción" en contra de la impunidad en España. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 14may04 |
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esp2 | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:06:55 | ESL/SPA |
The international human rights organization Equipo Nizkor has recently disclosed, for the first time, the relevant information and documents of the Szehinskyj Case. This case was submitted to the National Court in Madrid within the existing proceedings against various members of the German SS Totenkopf who served in the Concentration Camps of Mauthaussen, Sachsenhausen Flossenbürg. The development of this case and the proceedings as a whole are an example of the problem of impunity in Spain and they should be analysed within the framework of the existing model of impunity and not as a matter of "universal justice". On 15th March 2014, the Organic Law 1/2014 concerning universal justice entered into force, amending Organic Law 6/1985 of the Judicial Power (LOPJ). We have reason to believe that the real motive underlying this recent amendment to the LOPJ which limits the jurisdiction of the Spanish courts and effectively closes several cases, is the opposition to the above proceedings, known as the "Mauthausen Case". This is the ONLY case which was procedurally able to proceed to trial and judgement. The fact that this has not happened to date is the result of a deliberate decision by the Prosecutor's Office of the National Court and the Judge in the case, as of a year ago the necessary procedural requirements had been met to ensure that one of the accused was brought onto Spanish territory and was made available to Spanish justice. (As is well known, there is no system of trial in contempt or in absentia in Spain). Theodor Szehinskyj served as a SS Totenkopf guard at the Sachsenhausen concentration camp. In this camp, hundreds of Spanish nationals were imprisoned, including Francisco Largo Caballero, the historic leader of the Spanish Socialist Workers Party and the General Workers Union. In 1936 and 1937 Caballero served as the Prime Minister of the Second Spanish Republic during the Spanish Civil War. On 26th February 2013, Judge Ismael Moreno, at the head of Central Investigative Court No. 2 of the National Court, issued an order do indict Theodor Szehinskyj, but instead of ordering an International Arrest Warrant as he had done in respect of other defendants in the same case, he ordered "the communication to the Headquarters of the Spanish Police and the Civil Guard that they proceed to carry out the search and capture of the accused" notwithstanding that it is clear from the proceedings that the accused is located in the United States and "has been the subject of a removal order by the judicial authorities of that county and could be removed to Spain." The significance of this is that, at least from the date of the order of indictment against Theodor Szehinskyj, the National Court could have obtained the handover of the accused to the Spanish authorities by simply ordering the General Directorate of Consular Affairs to issue a valid travel document, and there is no doubt of this given the existance of "a written communication of March 2013, whereby the US Embassy in Spain confirmed (to the Court) that upon receipt by the US authorities of the corresponding travel document the accused can be removed to Spain". Once the travel documents had been issued, the handover of the accused could have occurred within approximately two months. Instead, on April 14th, 2014, coinciding with the anniversary of the proclamation of the Second Republic in Spain (1931), Judge Ismael Moreno issued a ruling closing the case and transferring the case record to the Criminal Chamber of the National Court, for it to determine whether the present proceedings comply with the new provisions of the LOPJ. With this recent law, together with the Amnesty Law of 1977, the Law of "Memory" and the doctrinal argument of impunity existing at all levels of the judicial hierarchy and within almost all the political parties, any opportunity for justice is now closed. This is the further perfection of what Equipo Nizkor described in its 2004 report as the Spanish model of impunity with all its iniquity, pitilessness and inhumanity. We should remember that the "Mauthausen case" is based on the Spanish nationality of the victims and that is not a question of "universal justice" but of "effective judicial protection"... |
File name | Real Media format | Mp3 format | Duration | Language |
klm6 | Click on icon | Click on icon | 00:19:24 | ENG |
"[F]or many, especially those in younger generations, the trial against Mr. Demjanjuk, a 91-year-old former Ohio autoworker now confined to a wheelchair, may seem the awkward fulfillment of the notion that history plays itself out first as tragedy, then as farce. Coincidentally, this year is the 50th anniversary of the trial of Adolf Eichmann, a case that, in its significance, appears to dwarf the Demjanjuk proceedings. But while Eichmann did play a larger role in the Holocaust than Mr. Demjanjuk, we must resist the conclusion that one is more significant than the other. Indeed, the Demjanjuk trial, as much as the Eichmann case, has volumes to teach us about the complex relationship between genocide and justice... Of course, it's that slow pace that had many asking why Germany was bothering to try Mr. Demjanjuk in the first place. Wasn't there something comic, even shameful, about dragging a dying man across the Atlantic to stand trial for a crime he committed over a half century ago? Shouldn't there be a statute of limitations on even the most heinous crimes? No, and the trial reaffirms that society rejects that idea. Those who participate in genocide, in whatever capacity, should never rest easy. Nor should they assume that if they delay justice enough, their case will be abandoned. This lesson may matter more today than ever: after all, the hunt for Holocaust killers may be over, but the hunt for those who practiced genocide in the former Yugoslavia, Rwanda and far too many other places must continue. The Demjanjuk trial also underlines the lessons learned from Eichmann. Like Mr. Demjanjuk, Eichmann claimed he was only a small cog in the wheel. Both men argued that they did not have the choice to say no; it was kill or be killed... However, as Hannah Arendt argued in "Eichmann in Jerusalem," every machine part is of crucial importance. Removing a small cog has the same impact as removing a large one: the machine stops working. Both men could have said no with few consequences; no defense lawyer or historian has found evidence of someone being killed for refusing to participate in the Holocaust. But these men chose not to refuse... These trials do not ever truly offer closure, even decades after the crime. Indeed, cases like Mr. Demjanjuk's are in some sense only the beginning of a process of reckoning and understanding, a process whose burden now falls not on the courts, but on the rest of us." |
File name | Real Media format | Mp3 format | Duration | Language |
demjanjuk7 | Click on icon | Click on icon | 00:06:08 | ENG |
Esp/Deu - Repercussions of Demjanjuk’s Conviction in Germany, Spain and the United States. Radio Nizkor, 27May11. |
The following programme by Radio Nizkor has been prepared in light of recent developments in the Demjanjuk case and it provides an account of this case since the triggering of the proceedings in Germany. The member of the SS Totenkopf, John Demjanjuk, arrived to the German city of Munich on May 12th, 2009 after having been deported from the United States... Following Demjanjuk's handing over to the German authorities, Radio Nizkor broadcasted a programme in May 2009 in which we clarified certain facts relating to the existing evidence, much of it of an undisputable nature, as well as summarised Demjanjuk's background relating to various National Socialist extermination camps. On 19th June 2008, various survivors and relatives of Spanish victims of the National-Socialist regime, represented by Equipo Nizkor, filed a criminal complaint before the National Court (Audiencia Nacional) in Madrid. This complaint was admitted by Central Investigating Court (JCI) No. 2 of the National Court on 17th July 2008. John Demjanjuk is one of the SS Totenkopf included in the lawsuit. Also on 19th June 2008 the German authorities announced their interest in seeking the handover of Demjanjuk from the United States. This interest resulted in the issue of an arrest order against Demjanjuk by those authorities in March 2009, and, with this development, the deportation of Demjanjuk to Germany became practicable, as well as his subsequent trial in this country, which resulted in a sentence made public by the Munich Court this past 12th of May, 2011. In parallel, the proceedings against John Demjanjuk in Madrid continued and still continue to take their course... On January 7th, 2011, the judge in charge of JCI No. 2 of the National Court issued a ruling ordering that formal charges be brought against John Demjanjuk and that he be handed over to the Spanish authorities, and that a European Arrest Warrant be issued and delivered. The German authorities had previously informed the Spanish judge, in response to the Rogatory Commission sent by his Court, that the facts being investigated in Germany were different from those under investigation in Spain. The Munich Prosecutor's Office responded on February 1st, 2011 confirming receipt of the European arrest warrant on January 7th, and requesting that the Spanish court provide further information regarding the accused's participation in acts of homicide and the victims... Meanwhile, in Germany, John Demjanjuk was convicted to five years of imprisonment for his collaboration in the murder of 28,000 prisoners as an armed guard of the SS Totenkopf in the Sobibor extermination camp. The defence appealed the ruling, and until the appeal is decided, John Demjanjuk will be free, since the court considered that it was improbable that he flee. What is certain is that until today, and still until Spanish authorities respond to the Munich Prosecutor's Office, information received by Radio Nizkor from a reliable source indicates that the accused has not even been notified of the European Arrest Warrant issued by Spain, which means that we depend on the Munich court guaranteeing that Demjanjuk does not flee. The Munich Prosecutor's Office announced on May 16th an appeal against Demjanjuk's release. This appeal would have been already submitted on the basis of flight risk, the lack of a permanent address and the existence of a large group of sympathisers willing to facilitate Demjanjuk's flight, especially in his country of origin, the Ukraine, where he could take refuge. What is really at stake here is the application of international criminal law and the criminal characterisation of crimes against humanity by ordinary courts in European countries. The proceedings in Spain have been and continue to be silenced precisely because of the fact that they are grounded on crimes against humanity and not on mere common crimes... |
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demjanjuk6 | Click on icon | Click on icon | 00:11:40 | ENG |
On September 17th, 2009, the Central Investigating Court (JCI) No. 2 of the National Court in Spain issued a ruling bringing formal charges against Johann Leprich, Anton Tittjung and Josias Kumpf for complicity in Genocide and Crimes Against Humanity. On September 18th, 2009, the Court resolved to address an International Rogatory Commission to the competent authorities in the Federal Republic of Germany (Munich Court) in order to be informed of the facts for which John Demjanjuk was being prosecuted in Germany, in case they could be related to those that were being investigated in Spain. The Munich Prosecutor's Office responded to the Rogatory Commission on June 7th, 2010 stating that the facts being investigated in Germany were different, their being focused on the activities of the accused Demjanjuk in the Sobibor concentration camp (Poland) in 1943 for which he was accused in the proceedings 115Js 12496/08. In its decision issued on July 1st, 2010, the Court ordered the documentation that had been received from the German authorities in response to the Rogatory Commission to be sent to the Public Prosecutor and to the accusing parties. The accusing parties represented by Equipo Nizkor replied by filing on July 13th, 2010 a writing requesting the Court to bring formal charges against John Demjanjuk, as well as to adopt the relevant precautionary measures and to issue the corresponding European Arrest Warrant so that he be delivered to Spain by the German authorities. Following the writing submitted by Equipo Nizkor, the Spanish National Court's Prosecutor issued a favourable report on November 17th, 2010 stating that in light of the response obtained from the German authorities through the Rogatory Commission, the Prosecutor's Office considered that the Court should grant the plaintiffs' request. Based on the aforementioned judicial background, the judge in charge of JCI No. 2 issued a ruling on January 7th, 2011 ordering that formal charges be brought against John Demjanjuk and that he be handed over to the Spanish authorities, since: "In light of the proceedings, it can be asserted that during the Second World War... John Demjanjuk (Iván Nikolaiewich Demjanjuk) was a member of the Totenkopf SS, and served as an armed guard in places dedicated to the persecution of persons on political, ethnic and racial grounds, inter alia, namely the concentration camp Flossenbürg (Germany)". Hence, the judge in charge of JCI No. 2 disposed as follows: "CHARGES ARE BROUGHT, in this case and subject to further conclusions, against JOHN DEMJANJUK for complicity in Genocide and Crimes Against Humanity as laid out in the factual background of this ruling. [...] The Court orders that the accused be placed under provisional imprisonment without parole and with visiting rights. Due to the accused's currently being in Germany and being tried in the case 115JS12496/08 before the competent judicial instances in Munich, the Court orders that a European Arrest Warrant be issued [...]" In view of this ruling of the Spanish National Court, Equipo Nizkor reiterates the statements expressed in its communiqué dated September 22nd, 2009 with relation to the State and Government of Spain: - We agree with the procedural steps which have been taken, which signify acceptance by the Spanish justice system of the fact that there were more than 7,000 Spaniards who, because of their Republican views, became victims of National Socialism and its system of forced labour and extermination camps, in particular the camps of KL Mauthausen, Sachsenhausen y Flossenbürg. - This is a recognition of all the other nationalities who were victims of war crimes and crimes against humanity at KL Flossenbürg, specialized in the extermination of political and social prisoners. - We hope that these proceedings serve to convince the Spanish State to modify its position, unchanged since it was adopted by the Franco regime, which provides legal protection to National Socialist and Fascist war criminals... |
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demjanjuk2 | Click on icon | Click on icon | 00:09:10 | ENG |
Article 5 of the said Order provides: "The following projects may be eligible for subsidies,
details of which will be specified in the corresponding official announcements: Investigation,
exhumation and identification of persons who disappeared violently during the civil war or
during the subsequent political repression and whose whereabouts are unknown, carried out
under the responsibility of individuals or groups of individuals who claim a legitimate interest".
In response to the above Order, Equipo Nizkor and several Spanish associations of victims of Francoism have released a
communique in which they assert that these specific activities are part of the legal responsibility of the State and cannot be
delegated or sub-contracted to individuals or groups of individuals without violating the existing law as well international
and European norms...
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impunity | Click on icon | Click on icon | 00:08:19 | ENG |
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salamanca | Click on icon | Click on icon | 00:11:13 | ENG |
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Esp - Response to the President of the Inter-Ministerial Commission to Study the Victims of the Civil War and Francoism. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 15nov04 |
Following this fact, the Nizkor Team has conveyed its response to the letter sent by the
Vice-President of the Government and President of said Commission to our organization.
The organizations who presented and are the signatories of the document "The Question of Impunity in Spain and
Crimes under Franco", agreed at a meeting held October 9th 2004, in Madrid, to maintain said document
as position prior to the remaining issues, in light of the fact that it was unanimously interpreted that
the retrieval of the historical memory that is intended is impossible without the legal recognition of
the rights of the victims..."
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Esp - Victims' and human rights organizations object to the conduct of the Minister for Defence, José Bono with respect to the parade on 12Oct04. Radio Nizkor, 22Oct04 |
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Esp - A military parade cannot constitute a response to the issue of the civil war victims. Radio Nizkor, 15Oct04 |
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Esp - Statement of human rights and victims organizations on the creation of a commission to study the situation of the victims of Francoism. Radio Nizkor, 21Sep04 |
On the basis of that report a Draft Law will be drawn up to regulate the measures necessary to achieve the complete moral and legal rehabilitation of those affected."
Following the announcement, on 11Sep04, several Human Rights and Victims Organizations released a communiqué concerning the creation of the Commission and stating that "the Government of Spain must establish the necessary conditions to ensure that the right to justice, the right to truth, the right to know and the right to reparation become legal realities pursuant to the international law of human rights and the international legal obligations assumed by the State."
At that time, the text of the decree itself had not been published. It was on 20Sep04 that it appeared on the Official State Bulletin. The "legal" aspects of victims rehabilitation have been eliminated from the text. Instead, the decree contemplates the drafting of a bill "which sets out the measures necessary to provide the victims with proper moral recognition and satisfaction".
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Esp - Several human rights and victims organizations present the document "The Question of Impunity in Spain and Crimes under Franco. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 06jul04 |
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Esp - Several organizations propose a "Plan of Action" on behalf of the victims of the Francoist repression. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 06jul04 |
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Esp - Clôture de l'ultime opportunité judiciaire pour les victimes espagnoles des camps d'extermination de la seconde guerre mondiale. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 03avr14 |
Equipo Nizkor a rendu public pour la première fois l'"Affaire Szehinskyj", une affaire qui fait partie de la procédure contre plusieurs SS Totenkopf et qui est en cours d'instruction devant l'Audiencia Nacional à Madrid depuis novembre 2011. Le futur de cette affaire, et de la procédure dans son ensemble, reflète le problème de l'impunité qui règne en Espagne. Sa clôture doit être vue comme une opération supplémentaire d'achèvement du modèle d'impunité espagnol et non comme un thème de "justice universelle". "Nous avons des raisons valables de penser que l'affaire Szehinskyj, connue comme 'Affaire Mauthausen', constitue le motif réel sous-jacent à cette récente modification de la loi organique sur le Pouvoir judiciaire (LOPJ), qui limite la juridiction des tribunaux espagnols et oblige à classer plusieurs affaires, car, en termes de procédure, c'est la seule en mesure d'aboutir à un procès et à un jugement. Jusqu'à aujourd'hui, le procès n'a pu avoir lieu à cause d'une décision délibérée du parquet de l'Audiencia Nacional et du juge en charge de l'affaire: depuis environ un an, les conditions étaient réunies pour faire venir un des accusés sur le sol espagnol et le mettre à disposition de la justice espagnole (dans l'ordre juridique espagnol, le procès par contumace ou par défaut n'existe pas). Theodor Szehinskyj fut entre autre garde des SS Totenkopf dans le camp de concentration de Sachsenhausen,... dans lequel furent détenus des centaines d'Espagnols, dont Francisco Largo Caballero, dirigeant historique du Parti socialiste ouvrier espagnol et de l'Union générale des travailleurs, qui fut premier ministre pendant la guerre civile espagnole. Le 26 février 2013, le juge titulaire du Tribunal central d'instruction Nº 2 a émis un acte d'accusation contre Theodor Szehinskyj, mais au lieu de délivrer un mandat d'arrêt international comme il l'avait fait pour d'autres accusés dans la même situation, il a ordonné de "communiquer aux directions générales de la Police et de la Guardia Civil qu'elles procèdent à sa recherche...", alors que l'enquête avait démontré qu'il se trouvait sur le territoire américain et qu'"il fait l'objet d'un ordre de déportation émis par les autorités judiciaires du pays et pourrait être envoyé vers l'Espagne". Cela signifie que depuis la date de l'acte d'accusation au moins, le Tribunal aurait pu activer la phase de remise de l'accusé aux autorités espagnoles en ordonnant simplement aux Affaires consulaires qu'elles émettent un titre de transport valable au nom de l'accusé. Il ne fait aucun doute que la remise aurait eu lieu puisque "par communication écrite datée de mars 2013, l'ambassade des États-Unis en Espagne informe [le Tribunal] que l'accusé peut être remis à l'Espagne après réception par les autorités américaines d'un titre de transport nominatif". Après obtention du titre de transport, la remise de l'accusé aurait pu se faire dans les deux mois environ... Après la loi sur l'Amnistie de 1977, la loi sur la Mémoire historique et l'approche "doctrinale" de l'impunité à tous les niveaux de l'appareil judiciaire et de la quasi-totalité des partis politiques, et avec maintenant cette loi, toute possibilité de justice est désormais enterrée. C'est l'achèvement de ce que nous qualifiions en 2004 de modèle d'impunité espagnol dans toute son iniquité, impiété et inhumanité. Rappelons que l'affaire Mauthausen est basée sur la nationalité des victimes. Il ne s'agit pas d'une affaire de justice universelle mais de protection judiciaire effective, c'est-à-dire de droit à l'accès à la justice et à la protection effective des juges et tribunaux que possède chaque citoyen, conformément à l'article 24 de la Constitution espagnole en vigueur... La majorité des affaires qui vont être classées, une douzaine selon les médias, sont basées sur la nationalité des victimes et pas sur la juridiction universelle. Mais la seule qui était susceptible d'aboutir à un procès était celle des victimes républicaines dans les camps d'extermination nationaux-socialistes de Mauthaussen, Sachsenhausen et Flossenbürg. |
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klm5 | Click on icon | Click on icon | 00:10:40 | FRA |
Esp/Deu - Répercussions de la condamnation de Demjanjuk en Allemagne, en Espagne et aux États-Unis. Radio Nizkor, 27mai11. |
Ce programme a été réalisé à la suite des événements récents survenus dans l'affaire Demjanjuk et il reprend les faits principaux de cette affaire depuis le début de la procédure en Allemagne. John Demjanjuk, ancien membre des SS Totenkopf, a été remis par les autorités américaines aux autorités allemandes et est arrivé à Munich le 12 mai 2009... Au moment de sa remise à l'Allemagne en mai 2009, Radio Nizkor avait diffusé un programme dans lequel nous clarifiions certains points concernant les preuves existantes, la majorité d'entre elles indiscutables, et dans lequel nous présentions le passé de Demjanjuk en ce qui concerne ses activités dans plusieurs camps d'extermination nationaux-socialistes. Le 19 juin 2008, plusieurs survivants et familles des victimes espagnoles du régime national-socialiste représentés par Equipo Nizkor ont introduit une plainte pénale devant la Audiencia Nacional de Madrid afin de demander aux États-Unis la remise de quatre membres de l'organisation criminelle SS Totenkopf-Sturmbann (Johann Leprich, Anton Tittjung, Josias Kumpf et Iwan - John - Demjanjuk) pour qu'ils soient jugés par la justice espagnole. La plainte a été jugée recevable par le Tribunal central d'instruction nº 2 de la Audiencia Nacional le 17 juillet 2008. Le 19 juin 2008 également, les autorités allemandes ont manifesté leur volonté de demander aux Etats-Unis la mise à disposition de Demjanjuk. Cette volonté s'est traduite par l'émission d'un mandat d'arrêt contre Demjanjuk en mars 2009. Son expulsion était alors devenue possible, et son procès s'est soldé par le jugement rendu par le Tribunal de Munich le 12 mai 2011... La procédure en Espagne se poursuivait parallèlement et est toujours en cours... Le 7 janvier 2011, le titulaire du Tribunal central d'instruction (JCI) numéro 2 de l'Audiencia Nacional espagnole a prononcé une ordonnance de poursuite judiciaire et de remise de John Demjanjuk. Il a aussi ordonné l'émission d'un mandat d'arrêt européen à son encontre... e Parquet de Munich a répondu le 1er février 2011, en accusant réception du mandat d'arrêt européen le 7 janvier et en sollicitant au tribunal espagnol des informations complémentaires sur la participation de l'imputé à des homicides et sur les victimes... Entre temps, John Demjanjuk a été condamné à cinq ans de prison par la République fédérale d'Allemagne pour avoir collaboré à l'assassinat de 28.000 prisonniers lorsqu'il était garde armé des SS Totenkopf dans le camp d'extermination de Sobibor. La défense a fait appel de cette décision, et Demjanjuk restera en liberté tant que la procédure d'appel ne sera pas terminée, la justice considérant qu'il est peu probable que le condamné prenne la fuite. C'est un fait qu'aujourd'hui, alors que les autorités espagnoles n'ont pas encore fait part de leur réponse au parquet de Munich, Radio Nizkor a reçu des informations provenant de sources fiables selon lesquelles le mandat d'arrêt européen lançé par l'Espagne n'a toujours pas été notifié à l'accusé. Nous dépendons donc du tribunal de Munich, qui doit garantir que le condamné ne prenne pas la fuite. Après sa mise en liberté, le Parquet de Munich a annoncé le 16 mai qu'un recours contre la décision de laisser le condamné en liberté allait être présenté. Ce recours aurait été déjà introduit sur la base qu'il existe un risque réel de fuite du condamné, puisque celui-ci ne dispose d'aucune adresse fixe et peut compter sur de nombreux sympathisants prêts à faciliter sa fuite, surtout dans son pays d'origine, l'Ukraine, où il pourrait trouver refuge. Ce qui est réellement en jeu, c'est l'application du droit pénal international et de la catégorie pénale de crimes contre l'humanité par les tribunaux ordinaires des pays européens. La procédure en Espagne est restée dans l'ombre et l'est toujours justement parce qu'elle est envisagée du point de vue de crimes contre l'humanité et pas du point de vue de simples crimes... |
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demjanjuk8 | Click on icon | Click on icon | 00:12:15 | FRA |
Esp - Deux ans après sa promulgation, la "Loi sur la mémoire historique" se révèle inefficace et manifestement illégale. (Equipo Nizkor). Radio Nizkor, 21jan10 |
Le 27 décembre 2007 a été publié dans le Bulletin officiel de l'Etat espagnol (B.O.E.) numéro 310 le texte de ce que nous avions appelé « une loi aberrante ». Deux ans après sa promulgation, nous ne pouvons que nous en tenir à cette qualification. La loi adoptée en 2007 implique la reconnaissance de la légalité franquiste et a clairement pour intention de servir de défense à cette légalité en mettant sur un pied d'égalité les victimes et les victimaires, c'est-à-dire les responsables de crimes graves, selon le droit international... L'article 3 de la loi proclame l' « illégitimité » des tribunaux franquistes, acceptant par conséquent leur légalité. Comme nous le disions dans un communiqué en date du 14 août 2007, cette position doctrinale faisait remonter la discussion à l'année 1930, lorsque les célèbres légistes et avocats Dr Felipe Sánchez Román et Dr Luis Jimenéz de Asúa défendirent, lors d'une assemblée du Barreau de Madrid, la nullité du Code pénal de 1928, connu sous le nom de « Code de Primo de Rivera ». Leur proposition fut approuvée par la majorité des avocats du Barreau de Madrid. Le rapport en question énonçait clairement que « Le Code pénal gouvernemental, imposé par décret royal en date du 8 septembre 1928, avec accord préalable du Conseil des ministres de la Dictature, est entaché, pour cette seule raison d'origine illégitime, du vice d'illégalité le plus total. » A cette occasion, José Antonio Primo de Rivera -le fondateur de la Phalange espagnole et fils du Dictateur Miguel Primo de Rivera y Orbaneja (1923-1930)-, dans un long article publié le 15 avril 1930 dans le journal « La Nación » de Madrid et intitulé « Ce qui s'est passé au Barreau de Madrid : un abus de la majorité », explique par le détail pourquoi ce code pourrait être illégitime, mais qu'il est légal, position qu'il défendit lors de l'assemblée du Barreau de Madrid susmentionnée. Un an plus tard, le 15 avril 1931, parmi les premiers actes législatifs du gouvernement de la Seconde République espagnole figure un décret qui dispose que « le Code pénal de 1928 ainsi que les Décrets-lois de la Dictature qui établirent ou modifièrent la définition des délits ou la fixation de peines sont abrogés, ne sont plus en vigueur et ne produisent plus d'effet. » Avec les mêmes arguments que ceux défendus par Luis Jiménez de Asúa en 1930 nous pensons que les lois franquistes doivent être analysées et, par voie de conséquence, nous refusons expressément le critère selon lequel elles sont « illégitimes » mais « légales »... |
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lmh2 | Click on icon | Click on icon | 00:06:14 | FRA |
Esp - Déclaration sur les propositions de lois contre l'impunité en Espagne et les crimes franquistes. Radio Nizkor, 16déc05. |
Cela n'a pas, pour autant, réussi à sensibiliser les partis politiques avec représentation
parlementaire, lesquels sont restés honteusement silencieux devant l'envergure des
problèmes actuels qui ne peuvent être résolus que par le biais d'une législation concordante
avec le droit international des droits de l'Homme, le droit interne européen et la propre
constitution espagnole. Nous disons "honteusement silencieux" car la seule façon d'agir pour
les groupes parlementaires est de prendre des initiatives législatives concrètes, et non des
déclarations formelles, vides de contenu, auxquelles ils nous ont habitués.
Aucune des instances parlementaires avec lesquelles on a maintenu un contact direct - qui
sont basiquement la Commission Constitutionnelle et de Justice - n'a promu des
propositions législatives formelles qui apporteraient une solution aux problèmes en cours, et
qui furent exposés dans le « Plan d'action » inclus dans le rapport mentionné...
Nous avons également pris connaissance de la présentation, le 21 Novembre 2005, de deux
propositions de loi par le Groupe Parlementaire de la Gauche Républicaine Catalane
(Esquerra Republicana), et du Groupe parlementaire de la Gauche Verte - la Gauche Unie -
Initiative pour les Verts de Catalogne. Les deux ont mérité notre analyse..."
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erloi | Haz click aquí | Haz click aquí | 00:12:18 | ESL/SPA |
"O objetivo fundamental desta Comissão é elaborar um informe sobre os direitos
reconhecidos até hoje às pessoas que, devido ao seu compromisso com a democracia,
foram objeto de atos repressivos desde o início da Guerra Civil até a plena
restauração das liberdades.
A partir deste informe, será articulado um Anteprojeto de Lei no qual serão reguladas as
medidas que resultem precisas para alcançar a completa reabilitação moral e
jurídica dos afetados". Motivadas por este anúncio, no dia 11 de setembro de 2004, várias
associações de vítimas e de direitos humanos fizeram público um comunicado,
no qual expõem que "é necessário que o Estado Governo espanhol crie as
condições para que o direito à justiça, o direito à verdade, o direito
ao saber e o direito à reparação se convertam em verdades jurídicas de acordo
com o direito internacional de direitos humanos e com as obrigações jurídicas
internacionais adquiridas pelo Estado".
Até então, o texto do Decreto ainda não havia sido publicado. O Decreto foi
publicado no Boletim Oficial do Estado somente no dia 20 de setembro de 2004. Entretanto, os aspectos
"jurídicos" da reabilitação das vítimas foram suprimidos do texto. Em seu
lugar, o Decreto contempla a elaboração de um "anteprojeto de lei no qual se regulem as
medidas necessárias para oferecer um adequado reconhecimento e satisfação moral
às vítimas".
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Esp - Apresentam o "Plano de Ação" contra a impunidade na Espanha. (Equipe Nizkor). Rádio Nizkor, 31mar05 (Documento original 14mai04) |
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